18
Feb
2015

Postulación del Dr. Roberto M. Carlés. Observaciones

Observaciones que merecen a este Colegio de Abogados la postulación por parte del Poder Ejecutivo Nacional del Dr. Roberto Manuel Carlés, para ocupar un cargo como Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que son debidamente elevadas al Sr. Ministro de Justicia de la Nación, Dr. Julio Alak. Acceda al documento completo

 

1965-2015. CINCUENTENARIO DE LA CREACIÓN DEL
COLEGIO DE ABOGADOS DE SAN ISIDRO

San Isidro, febrero de 2015.-

Señor Ministro de Justicia de la Nación
Doctor JULIO ALAK
S/D

Ref. Propuesta de candidato a la Corte Suprema de Justicia de la Nación

De nuestra consideración:

En uso de las facultades otorgadas por el artículo 6 del Decreto Nº 222/2003, tenemos el agrado de dirigirnos a V.E. en representación del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Isidro, lo que surge de las copias autenticadas -de la última acta de asamblea y del acta de la reunión del Consejo Directivo que distribuyó los cargos de la Mesa Directiva- que se acompañan.

La índole de persona de derecho público no estatal, en el marco de la regulación establecida por la ley 5177 de la provincia de Buenos Aires impone el marco de su actuación, legitima esta presentación.
El carácter objetivo de la opinión de este Colegio de Abogados resulta de las obligaciones determinadas por la antedicha norma (artículo19), con referencia a la ausencia de actuación profesional por parte del candidato propuesto en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y esencialmente de sus casi 50 años de historia en defensa de la Constitución nacional, el Estado de Derecho, los Derechos Humanos y la vigencia irrestricta de las instituciones republicanas, aspectos que son de público y notorio en nuestro país y en el exterior.
En razón de la representación aludida y lo dispuesto por los artículos 6 y 7 del Decreto Nº 222/2003 hacemos llegar a V.E. las observaciones que merecen a esta institución la postulación por parte del Poder Ejecutivo Nacional del Dr. ROBERTO MANUEL CARLÉS, para ocupar un cargo como Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
(Leer la carta completa)

Noticias

El Colegio de Abogados de San Isidro no ha adherido al sistema de asesoramiento jurídico, por abogados de la matrícula, previsto en el artículo 64 bis de la ley Nº 10.149, en las delegaciones Regionales de Trabajo y Empleo del Ministerio de Trabajo; y a sus protocolos anexos.
Hace 34 años la Argentina decidió recuperar sin tomar todas las precauciones del caso, el territorio malvinense por considerarlo propio desde su toma por el imperio británico en 1833.Fue desde ese mismo momento que las claras aguas del Atlántico, señalaron que nuestras islas están cada vez más próximas a nosotros y de nuestros corazones. Declaración
Minuta de la reunión conjunta celebrada el 31 de marzo en La Plata, entre los Presidentes de todos los Colegios de Abogados departamentales y los representantes de los centros y/o institutos de cada una de las instituciones que consideró y evaluó las posibles reformas, a raíz de la iniciativa propiciada por el Gobierno provincial de modificar la Ley de Mediación.
Cumplimos en comunicar que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires ha resuelto suspender a la Sra. Juez Titular del Juzgado de Familia Nro. 1 de Pilar, Dra. Alejandra C. Velázquez. A disposición de los interesados diversas publicaciones del Colegio denunciando y acusando a dicha Magistrada.
A raíz de la iniciativa propiciada por el Gobierno provincial de modificar la Ley de Mediación, el 31 de marzo -en la La Plata- se llevará a cabo una reunión conjunta entre los Presidentes de todos los Colegios de Abogados departamentales y los representantes de los centros y/o institutos de cada una de las instituciones a fin de considerar y evaluar las posibles reformas.