02
Jul
2015

Que el árbol no tape el bosque. Declaración del 2 de julio

Como consecuencia del estado público que tomó la situación del Dr. Luis María Cabral, se puso en evidencia una vez más, una problemática que preocupa y sobre la cual se ha pronunciado este Colegio. Desaprobamos el hecho de que decenas de juzgados nacionales y federales vacantes se encuentran más allá de lo prudente y necesario a cargo de jueces subrogantes. Declaración completa.

Que el árbol no tape el bosque

Como consecuencia del estado público que tomó la situación del Dr. Luis María Cabral, se puso en evidencia una vez más, una problemática que preocupa y sobre la cual se ha pronunciado el Colegio de Abogados de San Isidro.-
Desaprobamos enfáticamente el hecho de que decenas de juzgados nacionales y federales vacantes se encuentran más allá de lo prudente y necesario a cargo de jueces subrogantes, esto es, magistrados que no han sido nombrados para ese cargo.-
Sin perjuicio de las responsabilidades que le caben a los Poderes del Estado, el escenario mencionado responde al deficiente funcionamiento del Consejo de la Magistratura Nacional. Tal como este Colegio lo viene denunciando, la reforma de la ley 24.397 provocó la parálisis casi total del órgano.-
En este sentido, nos alarma que se ponga tanto énfasis en reemplazar subrogantes por subrogantes, y no trabajar para reemplazar definitivamente a dichos subrogantes por magistrados titulares, que hayan sido seleccionados y nombrados conforme lo establece el art. 114 de la Constitución Nacional.-
La circunstancia antedicha en orden a la falta de designación de jueces, sumada al nulo control del sistema de administración de justicia y de la casi inexistente remoción de magistrados, no hace más que poner al desnudo la ineficacia -en todas las instancias de funcionamiento- para la que fue creado tal órgano.-
Para este Colegio de Abogados, no se puede garantizar la independencia del Poder Judicial si la designación de los jueces no se realiza a través de concursos transparentes. De esta manera, se asegura un sistema de selección que tenga como premisa la idoneidad de los futuros magistrados.-
Cabe decir que todo lo expuesto se replica en la Provincia de Buenos Aires, donde la existencia de los denominados jueces “suplentes”, “itinerantes” y “subrogantes”, crece día a día en desmedro de los justiciables.-
No podemos dejar de señalar que la realidad expuesta no hace más que vulnerar la garantía del juez natural y el correcto funcionamiento del sistema de administración de justicia.-
Que el árbol no tape el bosque.
Cuando los subrogantes entran por la puerta, la justicia sale por la ventana.-

Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro, 2 de julio de 2015.

Noticias

Durante el transcurso de la jornada de hoy -16/5/14- se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria conforme lo establece la ley 5177, sometiéndose a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1/2/2013 al 31/1/2014. Asimismo se celebró el acto eleccionario de renovación de autoridades.Resultados.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2013 al 31 de enero de 2014 de nuestro Colegio.
La Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, designada por el Decreto 678/12, ha elevado al Poder Ejecutivo el resultado de sus trabajos, concretados en los documentos: el Anteproyecto de Código Penal y la Exposición de Motivos. Textos completos para examinar
En relación al proyecto para la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial, como asimismo de la presentación del Poder Ejecutivo referida a la responsabilidad del Estado, invitamos a los colegas interesados a analizar y compartir sus reflexiones sobre estos temas.
Se comunica a los interesados que respecto al anteproyecto relacionado con la reforma de los artículos 27 y 28 del decreto 2310/10, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro ha remitido expresas instrucciones para peticionar su retiro. Actualización: Acta del 16-4-2014.