02
Jul
2015

Que el árbol no tape el bosque. Declaración del 2 de julio

Como consecuencia del estado público que tomó la situación del Dr. Luis María Cabral, se puso en evidencia una vez más, una problemática que preocupa y sobre la cual se ha pronunciado este Colegio. Desaprobamos el hecho de que decenas de juzgados nacionales y federales vacantes se encuentran más allá de lo prudente y necesario a cargo de jueces subrogantes. Declaración completa.

Que el árbol no tape el bosque

Como consecuencia del estado público que tomó la situación del Dr. Luis María Cabral, se puso en evidencia una vez más, una problemática que preocupa y sobre la cual se ha pronunciado el Colegio de Abogados de San Isidro.-
Desaprobamos enfáticamente el hecho de que decenas de juzgados nacionales y federales vacantes se encuentran más allá de lo prudente y necesario a cargo de jueces subrogantes, esto es, magistrados que no han sido nombrados para ese cargo.-
Sin perjuicio de las responsabilidades que le caben a los Poderes del Estado, el escenario mencionado responde al deficiente funcionamiento del Consejo de la Magistratura Nacional. Tal como este Colegio lo viene denunciando, la reforma de la ley 24.397 provocó la parálisis casi total del órgano.-
En este sentido, nos alarma que se ponga tanto énfasis en reemplazar subrogantes por subrogantes, y no trabajar para reemplazar definitivamente a dichos subrogantes por magistrados titulares, que hayan sido seleccionados y nombrados conforme lo establece el art. 114 de la Constitución Nacional.-
La circunstancia antedicha en orden a la falta de designación de jueces, sumada al nulo control del sistema de administración de justicia y de la casi inexistente remoción de magistrados, no hace más que poner al desnudo la ineficacia -en todas las instancias de funcionamiento- para la que fue creado tal órgano.-
Para este Colegio de Abogados, no se puede garantizar la independencia del Poder Judicial si la designación de los jueces no se realiza a través de concursos transparentes. De esta manera, se asegura un sistema de selección que tenga como premisa la idoneidad de los futuros magistrados.-
Cabe decir que todo lo expuesto se replica en la Provincia de Buenos Aires, donde la existencia de los denominados jueces “suplentes”, “itinerantes” y “subrogantes”, crece día a día en desmedro de los justiciables.-
No podemos dejar de señalar que la realidad expuesta no hace más que vulnerar la garantía del juez natural y el correcto funcionamiento del sistema de administración de justicia.-
Que el árbol no tape el bosque.
Cuando los subrogantes entran por la puerta, la justicia sale por la ventana.-

Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro, 2 de julio de 2015.

Noticias

Inauguramos el programa "A puertas abiertas para abrir puertas", donde acudirán dirigentes políticos a tratar cuestiones cuya índole movilice -en distintas esferas de acción- el cambio, la corrección, la reparación, el fortalecimiento, o la recuperación en nuestra sociedad. Vea el cronograma de octubre.
En un día particularmente agradable y soleado festejamos los colegas el día del Abogado. Un oasis de afable camaradería en el diario trajinar profesional. Esto está aconteciendo ahora, en la sede colonial de nuestro Colegio. Cumplidas las formalidades de la ceremonia y salutaciones de estilo, la algarabía, el diálogo y el brindis se han convertido en una fiesta.
Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.