08
Mar
2017

Rechazo a juicio político

Declaración rechazando el pedido de juicio político iniciado por el Ministerio de Trabajo de la Nación contra los integrantes de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Enrique Arias Gibert y Graciela Marino, emitida por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.

La conducta del Ministerio de Trabajo constituye una grave violación al sistema republicano de gobierno adoptado por nuestra Constitución Nacional y persigue el propósito, no confesado, de amenazar a la totalidad de los Jueces y Magistrados del país.
Los Jueces no pueden ser juzgados por el contenido de sus sentencias (art. 14 inc. b de la ley 24397, t.o. ley 26080).
La resolución de los jueces Enrique Arias Gibert y Graciela Marino, ordenando la aplicación de un acuerdo salarial suscripto libremente por las partes, se funda en el derecho vigente y en la prohibición de injerencia del Ministerio de Trabajo en la negociación colectiva.
Esta actitud del Poder Ejecutivo encierra una conducta absolutamente anti republicana.
Por ello, solicitamos el inmediato rechazo de estas acusaciones, que comprometen la esencial garantía de independencia judicial y constituyen un peligroso antecedente para que cualquier juez sea sometido a juicio político por el contenido de sus sentencias.
 
 
Fuentes
COLPROBA

Noticias

Invitamos a los Colegas a sumarse a la celebración virtual del día del Abogado. Será el sábado 29 de agosto de 2020. Acompáñenos en la transmisión en vivo en nuestras redes a partir de las 11:00.
Así se expresó el Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, refiriéndose al proyecto de reforma judicial, en un reportaje concedido a Radio San Isidro el 14 de agosto próximo pasado.
Dictamen del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del Colegio de Abogados de San Isidro. Com. Médicas. La acción judicial ordinaria se encuentra directamente habilitada para el procesamiento de los siniestros laborales de toda naturaleza, desactivándose el requisito del tránsito administrativo previo pues su cumplimiento es imposible aparejando la violación de los derechos y garantías constitucionales (Const. Nac. art. 18 y Const. Prov. arts. 15 y 39).
Frente a los acontecimientos que han tomado estado público respecto a la investigación de hechos delictivos atribuidos a funcionarios y abogados del Departamento Judicial de San Isidro, el Consejo Directivo del Colegio comunica que acusará a los funcionarios y magistrados de la Administración de Justicia involucrados para el caso que así corresponda e incoará las acciones disciplinarias pertinentes.
Nota al fallo. Destitución de magistrados. Derecho al recurso. Ausencia de responsabilidad del Estado por violación de los derechos humanos del juez. El enjuiciamiento de los magistrados judiciales y el rol de los colegios de abogados. A propósito de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la causa “Rico, Eduardo vs. Argentina” por el Dr. Guillermo E. Sagués.