16
Jun
2020

SCBA. Protocolo General de Actuación Prevención y Seguimiento Covid 19

Mediante Resolución SPL Nº 05/20 las secretarías de Personal y Planificación de la SCBA aprobaron el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del COVID 19 en el ámbito de la Jurisdicción Administración de Justicia.

El Protocolo fija y generaliza las pautas, procedimientos y reglas generales y especiales en materia de seguridad, higiene, organización del espacio y trabajo para todas las personas involucradas en la prestación del servicio de justicia. Ello, a partir de los estándares epidemiológicos y sanitarios impuestos por las autoridades nacionales y provinciales competentes en la materia; como así también de la información suministrada por la Dirección General de Sanidad y sugerencias enviadas por la Asociación Judicial Bonaerense.

 

SCBA. Resolución SPL Nº 05/20

Artículo 1 º: Aprobar el "Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del COVID 19 en el ámbito de la Jurisdicción Administración de Justicia de la Provincia de Buenos Aires", el que como Anexo 1 forma parte de la presente.

Artículo 2°: Encomendar a la Dirección General de Sanidad el seguimiento de la aplicación del presente protocolo y a las Delegaciones de Arquitectura y Administración de cada Departamento Judicial que adopten los recaudos necesarios para su implementación.

Artículo 3°: Solicitar al Instituto de Estudios Judiciales que evalúe la posibilidad de realizar actividades de capacitación para la aplicación del presente protocolo en coordinación con la Dirección General de Sanidad.

Artículo 4º: Comunicar a la autoridad sanitaria provincial la aprobación del mencionado Protocolo General de Actuación para su oportuna toma de razón, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del DNU Nº 520/20.

Artículo 5°: Regístrese, póngase en conocimiento de la Procuración General, comuníquese vía electrónica lo aquí resuelto, y publíquese en la página Web de la Suprema Corte de Justicia, encomendando a la Dirección de Comunicación y Prensa su difusión en los medios de comunicación masiva.

Fuentes
SCBA

Noticias

SCBA. Res. 706/20. La Suprema Corte dispuso reiterar el deber de todos los órganos judiciales pertenecientes a los 35 municipios del AMBA incluidos en el art.12 DNU Nº 576/20, de respetar los turnos y guardias mínimas presenciales.
Como consecuencia del Amparo interpuesto por COLPROBA, patrocinado por los Dres. Santiago Quarneti y Diego Isabella, ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata en relación a una presentación efectuada el 14/4/2020, la Justicia ordenó al Gobernador a expedirse si la Abogacía es actividad esencial. Repercusiones de prensa.
La SCBA ha dictado el 24 de junio del corriente la resolución 655 que contempla la apertura progresiva de la justicia estableciendo las pautas para la habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional en los Juzgados, Tribunales y dependencias de cabecera y sedes descentralizadas.
Ante las reiteradas gestiones de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, la SCBA implementó el régimen de ingreso, recepción y posterior distribución diaria por medios electrónicos de todas las causas correspondientes a los fueros civil y comercial, familia, laboral, contencioso administrativo y Juzgados de Paz a partir del 25 /6/20. También comprende inicio de procesos de amparo. Análisis Res. 593/20
Después de reiteradas presentaciones y gestiones -ante las autoridades nacionales y provinciales- de los Colegios de Abogados de la Provincia de Bs. As., la actividad de la Abogacía catalogada como "Servicios Jurídicos" (Nro. 110) está habilitada a partir de la Fase 3 que es donde se encuentran posicionados los cinco partidos que conforman el Departamento Judicial de San Isidro.