06
Abr
2019

Se insta a la modificación de la normativa SRT Res. 22/2018

Ante el abuso que resulta de la aplicación de la Res. 22/2018 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, con pretensiones de cercenar el libre y eficaz ejercicio profesional, el Colegio insta a la modificación de la normativa, que atenta contra los abogados y sus defendidos.
  • Se insta a la modificación de la normativa SRT Res. 22/2018

En relación a la resolución 22/2018 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, el Colegio de Abogados de San Isidro expresa:
 

Que mediante la instauración del “sistema de ventanilla electrónica” se inmiscuye a la Administración Federal de Ingresos Públicos en los trámites por accidentes y enfermedades del trabajo.

Que por dicha medida se crea indirectamente un registro de abogados defensores de víctimas de siniestros laborales.

Que ninguna vinculación con el Fisco guardan los trámites ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo por determinación del carácter laboral de las contingencias o de la incapacidad.

Que a la vez se crea un sistema notificación tácita que opera las 24 horas los 365 días del año, atentando contra la labor profesional y el resguardo de los intereses de los dañados.

Se trata de un abuso evidente, con pretensiones de cercenar el libre y eficaz ejercicio profesional, razón por la cual se insta a la modificación de la normativa, que atenta contra los abogados y sus defendidos.

Noticias

El viernes 18 de diciembre a las 18:00 compartimos un encuentro virtual con motivo de la finalización del año 2020. Saludos a cargo del Dr. Santiago Quarneti. Músicos del Teatro Colón dieron un concierto en el parque del Colegio. ¡Acompáñenos en las redes!
Las autoridades del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro presidido por el Dr. Santiago Quarneti, felicitan al Sr. Vice Presidente Segundo del Colegio, Dr. Fulvio Santarelli, quien ha sido ganador del Premio Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires -2020-.
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente- se manifiesta en la siguiente declaración.
La ley 5177 del 6 de noviembre de 1947 reglamenta el ejercicio de la abogacía y la procuración, y da origen a los Colegios de Abogados con su actual caracterización de entes públicos no estatales, explicitando su razón de ser, sus alcances y funciones.
El Senado de la Provincia de Bs. As., aprobó por unanimidad y sobre tablas, el proyecto de reforma al artículo 5 del Código Contencioso Administrativo (E-82-2020-2021), que permitirá, de convertirse en ley, que los justiciables puedan concurrir a demandar a la provincia y sus entes, a los juzgados descentralizados de toda la Provincia, en lugar de hacerlo, como en la actualidad, solo en ciudad de La Plata.