05
Oct
2017

Se promulgó la nueva ley de honorarios. Jurisprudencia reciente

Jueves 2 de noviembre (2do. encuentro): JORNADAS DE ACTUALIZACIÓN sobre la nueva ley de honorarios en lo que significa una aspiración legítima que revaloriza nuestro ejercicio profesional. Texto de la ley. Invitación académica: Inscripción gratuita. Reserve su vacante. Atención: Jurisprudencia reciente

Un logro para toda la abogacía
Se promulgó la nueva ley de honorarios en lo que significa una aspiración legítima que revaloriza nuestro ejercicio profesional. Una gestión conjunta en beneficio de todos.

  • Jurisprudencia reciente
    "Almagro c/ Medina". 
    Causa Nº MO-32200-2012 R.S. /2017. Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala II Dep. Judicial de Morón, 24/10/17
    Destacado: "b) Los recursos referentes a las regulaciones de honorarios. Zanjada tal cuestión queda por tratar lo atinente a las regulaciones de honorarios que llegan apeladas.- Y, en tal sentido, lo primero que debe determinarse es qué ordenamiento resulta aplicable: el del Dec. Ley 8904/77 o el de la ley 14.967, vigente al día de la fecha.- Tenemos al respecto que del texto sancionado de dicha ley (art. 61) existió una observación de parte del Poder Ejecutivo en el Decreto (522, B.O. del 12/10/2017) mediante el cual se la promulgó parcialmente; no surgiendo que, hasta la fecha, la legislatura hubiera insistido a su respecto (arts. 108 a 111 Const. Pcial.) Queda entonces por determinar cuál es el temperamento a adoptar pues, a no olvidarlo, al día de hoy el Decreto Ley 8904/77 se encuentra derogado (art. 63 ley 14.967) habiendo ya entrado en vigencia la nueva ley arancelaria.-Con lo cual, debe determinarse si corresponde dotar -o no- de ultraactividad al Decreto Ley derogado.-
    Así entonces, lo primero que corresponde señalar es la ausencia de una norma que nos indique cómo resolver la cuestión intertemporal, frente a la ya mencionada observación del art. 61.- 
    Nos queda entonces un vacío que, ante la ausencia de precepto específico de la ley arancelaria, debe ser llenado acudiendo al ordenamiento madre: el CCyCN.- Y más puntualmente a su artículo 7, el cual consagra el principio de aplicación inmediata (no retroactiva) de las nuevas leyes.- ... "(Leer el fallo completo)

     "Adeff Miguel G. c/Municipalidad Allen s/Ejecuc. de honorarios. Juzg. de San Pedro. San Nicolás 26/10/2017. Expte. 12966
    Destacado: "...corresponde apliquemos la vigente al momento de esta determinación por ser la regulación de honorarios consecuencia de una relación o situactón ¡uridica existente en términos del art. 7 del CC y C N..." (Leer el fallo completo)

 

Noticias

Ante las reiteradas consultas de los colegas acerca de los domicilios electrónicos y/o procedimientos para diligenciar oficios al Banco Central y al Banco Provincia de Buenos Aires formulamos un sencillo esquema de trabajo. Aclaraciones formuladas mediante la Ac.3/21 de la SCBA.
Quienes necesiten notificar traslados de demandas a TELEFÓNICA DE ARGENTINA SA - TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA SA ya pueden hacerlo en los domicilios electrónicos de ambas empresas acreditados ante la Suprema Corte. Diligenciar oficios. Botón digital.
Como corolario de las continuas propuestas de la colegiación organizada, los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias podrán acceder de forma inmediata a los datos actualizados del DNI por medio de un servicio web del RENAPER.
Después de tantos reclamos desde la Colegiación por consolidar el Expediente Digital, logramos que comenzara a funcionar el Registro de Domicilios electrónicos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Cómo acceder.
Les presentamos el procedimiento de generación, confronte y diligenciamiento de cédulas, mandamientos y oficios judiciales (cfr. Ac.3997/20) en una guía de imágenes explicada paso a paso. También adjuntamos una versión lista para imprimir.