“ San Isidro, 26 de Mayo de 2020.
VISTO Y CONSIDERANDO:
la nueva prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por las autoridades nacionales hasta el día 07 de Junio de 2020 inclusive (DNU 297/20, prorrogados por los decretos 325/20, 355/20, 459/20, 493/20 y sus normas complementarias) con el fin de mitigar la propagación del virus COVID-19 (conocido como Coronavirus) y las de su par provincial (decretos provinciales 132/20, 180/20, 203/20 entre otras y cc.), la nueva prórroga de las resoluciones 386-20 y 480/20 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (Resolución registrada bajo el nro. 535 de la Secretaria de Planificación de la SCJBA del 25/05/20 ), que dispuso asueto en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, con suspensión de los términos procesales y demás disposiciones administrativas, en consonancia con la problemática coyuntural, emanadas por las autoridades colegiales, es que este Tribunal de Disciplina, en uso de los poderes y facultades conferidas por la ley de su creación (ley 5177 y Reglamento de funcionamiento de los Colegios de Abogados Departamentales),
RESUELVE:
Prorrogar nuevamente la suspensión de los términos administrativos en las causas disciplinarias que tramitan ante el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de San isidro hasta el día 7 de Junio de 2020 inclusive, sin perjuicio de la validez de todos los actos procesales que se cumplan en las mismas.
Notifíquese al Consejo Directivo y publíquese la presente en la página web oficial de esta Institución.- ”