Un particular denunció, ante este Colegio de Abogados, al letrado que contrató para tramitar sendos juicios en San Isidro porque no podía comunicarse con él, ni le devolvía sus llamados telefónicos. Razón por la cual el interesado concurrió al Juzgado para extraer fotocopias y consultar con otro profesional.
Contactado por el nuevo profesional, el letrado denunciado sostuvo que en el juicio de desalojo nunca se le había corrido traslado de la demanda, ni en el ejecutivo se había trabado embargo y tanto en esos expedientes como en el beneficio de litigar sin gastos, obraban firmas suyas adulteradas, manifestando además que tenía intenciones de renunciar.
Como algunas de las certificaciones pertinentes permitieron corroborar que el profesional cuestionado tiene matrícula en Capital Federal y no así en la provincia de Buenos Aires se le corrió traslado cfr. el art. 31-ley 5177-.
En el descargo el letrado denunciado reconoció haber cumplimentado personalmente algunos recaudos procesales, adjudicándose la firma de varios escritos judiciales, asegurando haber informado que al no estar colegiado en la provincia de Buenos Aires sería patrocinado por un colega de su estudio. Oportunamente ofreció prueba y solicitó el archivo de la denuncia.
En razón de su propio reconocimiento y dichos probados, surgió que el abogado denunciado habría asumido y llevado a cabo un asesoramiento y/o gestión extrajudicial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, careciendo de matrícula habilitante para ello. Por ende, ante la violación de lo normado por la ley 5177, este Colegio ordenó efectuar la correspondiente denuncia penal, destacándose especialmente lo prescripto por los arts. 1, 116, inc. a) y 120, ambos de la ley 5177 (t.o. ley 12277 y 12548).-"
Radicada la denuncia ante el Juzgado Correccional nro. 5, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea Paglani, la Magistrada condenó el 5 de diciembre de 2012 al letrado denunciado -por infracción a los artículos 1ro y 116 inc.a de la ley 5177, a la sanción de una multa de veinte jus.
11
Jun
2013
Un abogado ha sido multado en sede judicial, por ejercer sin estar matriculado en un Colegio de Abogados departamental
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
Noticias
El proyecto de ley de inteligencia recientemente dotado con media sanción del Senado ha suscitado diversas críticas, fundadas algunas, exageradas, otras; las que – todas ellas - debieran constituir un llamado de atención al PEN para que concite el consenso en el tratamiento y sanción de una ley de tal trascendencia como la que regirá el sistema de inteligencia nacional. Declaración
Este Colegio, coherente con sus 50 años de lucha por el imperio de la ley y la vigencia de la supremacía de la Constitución Nacional, exige que se investigue sin dilaciones y en profundidad las causas inmediatas y mediatas de la muerte del Dr. Natalio Alberto Nisman, prosiguiéndose con eficacia y rapidez la investigación de los gravísimos hechos que denunciara con anterioridad.
Centenares de personas concurren a la delegación todos los días, desde particulares y abogados hasta peritos, empleados, funcionarios, etc., que deben permanecer varias horas haciendo colas para formalizar los trámites más sencillos. Ello, sin perjuicio de señalar que el personal allí destacado dista, y en mucho, de tener los niveles de eficiencia y corrección propias de la institución. Reclamo.
El viernes 12 de diciembre a las 9 de la noche es la cita señalada para despedir el año en los jardines del Colegio. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Reservemos esta fecha como el compromiso especial para festejar el fin del año 2014 junto a todos nuestros colegas. Venta de tarjetas a partir del primero de diciembre
A disposición de los interesados la copia de la resolución judicial dictada en la acción de amparo, por la cual se rechazaron los recursos interpuestos por la ANSES contra la resolución que hizo lugar a la denuncia del incumplimiento de la medida cautelar oportunamente decretada. Además la resolución de ANSES que autoriza a los abogados a intervenir como apoderados