05
Nov
2020

Una reforma que permitirá acercar la justicia fue aprobada por el Senado bonaerense

El Senado de la Provincia de Bs. As., aprobó por unanimidad y sobre tablas, el proyecto de reforma al artículo 5 del Código Contencioso Administrativo (E-82-2020-2021), que permitirá, de convertirse en ley, que los justiciables puedan concurrir a demandar a la provincia y sus entes, a los juzgados descentralizados de toda la Provincia, en lugar de hacerlo, como en la actualidad, solo en ciudad de La Plata.

Reforma aprobada por unanimidad

El proyecto de marras, elevado e impulsado por el Sr. Senador Dr. Gabino Tapia, matriculado de San Isidro, fue elaborado por el Dr. Diego P. Isabella, quien preside la Comisión de Legislación General y Seguimiento Legislativo de este Colegio de Abogados.

El proyecto que obtuvo sanción en el senado, modifica la regla actual en materia de competencia territorial, ante el fuero contencioso.

La regla actual, que exige que la demanda deba ser interpuesta en la ciudad de La Plata cuando se demanda a la provincia o sus entes, contraría la Constitución provincial. Así fue  declarado por la Suprema Corte de Justicia provincial el pasado 5 de junio, en la causa "Agrupación Ciudadana San Isidro c/ Junta Electoral", y en la causa “Sarrachaga”. ­

Es importante subrayar que este proyecto al mejorar la distribución de las causas judiciales entre todos los jueces contenciosos, contribuye  a un funcionamiento más eficiente. Dicha circunstancia logrará optimizar la incumbencia e incrementar  el trabajo de los abogados dedicados a ello. A la par, destacamos  nuestra obligación de contribuir a lograr que la Justicia funcione adecuadamente, por medio de una justa y equitativa distribución del trabajo - y al alcance de quien la necesite-, apoyando las iniciativas de quienes ponen su tiempo y esfuerzo en intentarlo.
El proyecto, a pedido de su autor, contó con el apoyo institucional del Colegio de Abogados de San Isidro, cumpliéndose así con la manda legal que impone la ley 5177, en procura de mejorar el acceso y el servicio de justicia.

Noticias

La Corte Suprema declaró en un fallo del 4-11-15 la inconstitucionalidad de la ley 27.145 que establecía el régimen de subrogaciones y fijó un régimen transitorio de designación de subrogantes. Declaró la inconstitucionalidad del reglamento de designaciones de subrogantes del Consejo de la Magistratura y de todas las listas de conjueces. Texto de la sentencia.
A las tres de la tarde del jueves 8 de octubre de 2015, los abogados de San Isidro -acompañados por sus pares locales y de otros Departamentos judiciales, autoridades y funcionarios del Poder judicial- entonaron el himno, dando inicio al festejo académico central del cincuentenario de la fundación del Colegio. Reconocimientos. Conferencias.
La pregunta acerca de qué ideología es incompatible para que un juez cumpla con sus funciones de un modo técnicamente aceptable no es fácil de contestar ni ha recibido una respuesta homogénea en todos los sistemas políticos, ni en todas las épocas. Con este planteo comenzó el catedrático Dr. Malem Seña la conferencia que fue seguida con sumo interés por la audiencia. Versión completa.
Cumpliendo el cronograma de los actos en homenaje al cincuenta aniversario de la creación del Colegio, se celebró el 7 de octubre de 2015, un reconocimiento a los Colegas fundadores. A la par se presentó el libro conmemorativo de los cincuenta años. Se descubrió una placa alusiva
Certificado de nacimiento: hace 50 años, el Dr. Bidau, pidió la palabra al delegado organizador designado por el Colegio de Abogados de la Provincia, Dr. Galletti, para informarle que la agrupación que lo postulaba para el cargo de presidente desistía de observaciones formuladas al escrutinio, proponiendo a la asamblea la proclamación de la lista que llevaba como candidato para el mismo cargo al Dr. Humberto Monelos.