16
Nov
2014

ANSES, autorizan a abogados a intervenir como apoderados. Normativa

La Resolución PREV-16-31, emitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social, autoriza a los profesionales del derecho a intervenir como apoderados en trámites por la nueva moratoria. Téngase presente que previo al dictado de esta Resolución, la solicitud de turnos se encontraba vedada para los profesionales del derecho.
  • La ANSES autoriza a los Abogados a intervenir como apoderados
     

La Resolución PREV-16-31, emitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social, autoriza a los profesionales del derecho a  intervenir como apoderados en trámites por la nueva moratoria. Téngase presente que  previo al dictado de esta Resolución, la solicitud de turnos se encontraba vedada para los profesionales del derecho.

Además de poner a disposición de los colegas interesados el texto íntegro de la  mentada resolución  Prev-16-31 destacamos a esta normativa como un logro del  trabajo mancomunado de toda la colegiación de abogados del país.

En igual sentido resaltamos la tenaz y perseverante tarea desplegada por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires –del que formamos parte-, en defensa de nuestras incumbencias profesionales que incluyeron presentaciones judiciales, oportunamente informadas por este medio (ver noticias relacionadas).

ANSES. Vigencia: 06/11/2014  PREV-16-31. Ley Nº26.970 -Régimen Especial de Regularización de Deudas Previsionales para Trabajadores Autónomos y Pequeños Contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Pequeños Contribuyentes-

Fuentes
Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires- ANSES

Noticias

Ponemos a disposición las estrategias jurídicas para evitar la depreciación que afecta a los créditos laborales. Se trata de ocho puntos claves, a modo de conclusiones de la jornada desarrollada el 16/5/2023, dictada por el Dr. Juan Formaro, en el marco del Seminario de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la FACA.
El Colegio te mantiene informado acerca de las últimas novedades dispuestas por la la SCBA. La Suprema Corte resolvió que el sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas no estará disponible entre las 22:00 del 5 de abril y las 03:00 del 10 de abril del corriente año.
La firma digital avanza y reemplazará en fecha aun no determinada a la firma electrónica. El trámite es presencial, por eso te alertamos para que agendes un turno y evitar complicaciones innecesarias. Más detalles y beneficios.
Te explicamos las diferencias entre la firma electrónica y la digital conforme su regulación legal; los alcances de cada una; su valor probatorio. La obligatoriedad establecida por la SCBA en el Portal de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas.
***Firma digital: trámite presencial en el Colegio previo turno. Concurrir con DNI, notebook y token.
Hacemos saber que a través de la Resolución SC Nº 366/23, se dispuso la suspensión de los términos procesales el día 17/3/23 en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Sobre esa cuestión desde la colegiación se había elevado una solicitud a la SCBA: