01
Abr
2020

CARTA ABIERTA del Sr. Presidente del Colegio

El Sr. Presidente del Colegio de Abogados de San Isidro, dirige una CARTA ABIERTA a todos los matriculados y matriculadas, con motivo del estado de situación del ejercicio profesional en el ámbito provincial afectado por la vigencia de las medidas relacionadas a la emergencia sanitaria ante el avance de la pandemia del coronaviurs (covid 19). Video

CARTA ABIERTA

El Sr. Presidente del Colegio de Abogados de San Isidro, dirige una CARTA ABIERTA  a todos los matriculados y matriculadas, con motivo del estado de situación del ejercicio profesional en el ámbito provincial afectado  por la vigencia de las medidas relacionadas a la emergencia sanitaria ante  el avance de la pandemia del coronaviurs (covid 19). Video, clik sobre la imagen

carta abierta

 

Noticias

Guía ilustrada paso a paso para el envío, recepción y libramiento de oficios a entidades que no poseen domicilio electrónico (En el marco de la emergencia sanitaria covid-19).
A partir del lunes 4 de mayo la Caja de Previsión de la Abogacía, Delegación San Isidro  comenzará a atender -a los  afiliados exclusivamente- para el cobro por Provincia Net de hasta 8 (ocho) facturas como máximo por persona.  
Se debe concurrir con DNI en el horario de 9:00 a 13:00. Consultar cronograma de atención.
Se trata de una resolución que ordena la puesta en marcha progresiva del sistema de Justicia de la Provincia, en el marco del aislamiento social preventivo obligatorio que aún rige en todo el territorio bonaerense.
La SCBA dispuso por Res. Nº 480/20, proseguir el camino hacia fases progresivas de moderada agregación de servicios a través del uso de los medios tecnológicos disponibles y en la medida que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales. Además:Res. PG SG 214-20 .**De especial interés al final de la nota.
La FACA peticionó a fin de que la abogacía (servicios jurídicos) sea incluida dentro del listado de actividades afectadas en forma crítica a raíz de la propagación del coronavirus, lo que había sido omitido en el listado emitido por la AFIP anexo a la Resolución General 4693/2020.