08
Ago
2012

Celebración del día del Abogado, el viernes 31 de agosto

El Colegio invita a sus matriculados a la celebración del "Día del Abogado", el viernes 31 de agosto, en la sede Martín y Omar 339.
Las entradas podrán ser adquiridas en la Tesorería - Acassuso 424, 2 piso- en el horario de 8:00 a 17:00 y en la Sala de Profesionales, -Ituzaingó 340 2* entre piso-- en el horario de 8:00 a 14:00.

"CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL ABOGADO"

31 de Agosto 2012

Programa


  • 10:00 Celebración de la Misa  de Acción de gracias y en memoria de los colegas fallecidos
  • 12:00 Juramento
  • 12:15  Entrega de medallas especiales a los abogados que cumplieron 40 y 50 años de ejercicio profesional
  • 14:00 Vino de honor
  • 19:00 Finalización de la Celebración

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Noticias

Autoridades del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires fueron recibidas el 14 de febrero del corriente, por el el Mtro. de Justicia y DDHH de la Nación, Dr. Cuneo Libarona, oportunidad en que abordaron temas de interés profesional y colegial.
Compartimos y adherimos a la Carta Abierta que en el día de la fecha el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos dirige a los Legisladores de la Nación Argentina, cuestionando el DNU 70/2023 y el régimen legal reglamentario de los DNU que implica una deformación de la cláusula constitucional y consuma una abdicación de potestades del propio Congreso que resulta inadmisible. Críticas sobre algunas cuestiones introducidas en el proyecto de ley “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” (mensaje 7/2023).

Desde el Colegio de Abogados de San Isidro hacemos saber que nuestros Institutos se encuentran abocados al estudio pormenorizado del DNU 70/23, sin perjuicio de la reserva sobre la constitucionalidad del mismo. El Consejo Directivo se encuentra en sesión permanente a los fines de la protección de las incumbencias de la abogacía y del análisis de la posible vulneración a la división de poderes.

* Nuevos dictámenes disponibles
El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES cuestiona la utilización del decreto de necesidad y urgencia en desmedro del tratamiento legislativo como herramienta para regular temas de tan variada índole que afectan intereses en forma permanente para la ciudadanìa.
El Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo que respecta a la jurisdicción notarial y administrativa normada, es una clara violación a las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 29, 75 inc. 12, 108, 116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional. Nos adherimos y compartimos la Declaración de COLPROBA.