28
Abr
2015

Disposiciones técnico registrales 04 y 05/2015

Aplicables a: *Programa de crédito del bicentenario para la vivienda única familiar (Pro. Cre. Ar.) : exención de tasa especial (por ingresos a partir del 22 de septiembre de 2014). * Nuevo servicio web para la expedición de informes de anotaciones personales relativos a la inhibición general de bienes y cesiones de acciones y derechos hereditarios.

Disposiciones técnico registrales 04 y 05/2015

Programa de crédito del bicentenario para la vivienda única familiar (Pro. Cre. Ar).
Exención de tasa especial (por ingresos a partir del 22 de septiembre de 2014;

Nuevo servicio web para  la expedición de informes de anotaciones personales relativos a la inhibición general de bienes y cesiones de acciones y derechos hereditarios- Formulario  23, código 753 web. Vigencia a partir del 4/5/15

Ver documentación. Fuente: Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

Destacamos a las/los colegas la importancia de la defensa permanente de nuestros honorarios, recurriendo por la vía correspondiente y recordando que la Comisión de Administración de Justicia del CASI escucha y acompaña esos reclamos. El Juzg. Civil y Comercial N° 8 departamental, reguló los honorarios de los letrados/as intervinientes en una sucesión haciendo caso omiso a lo establecido por el art. 35 de la ley 14967. Qué falló la Cámara (Sala I°).
Preocupante fallo de la Corte Suprema que amplía el margen de discrecionalidad de los municipios para establecer tasas de control y fijar su monto: “Esso Petrolera Argentina S.R.L. y otro c/ Municipalidad de Quilmes”. Este criterio obliga al contribuyente a enfrentarse a una administración tributaria en posición difícil de rebatir, quedando limitado su derecho de defensa en la práctica fiscal. Comentario: Dres. Gisela Hörisch y Harry Schurig.
La AFIP por Res. 5008/21 ha reglamentado los cambios y ha dispuesto cómo será la devolución de los importes retenidos en concepto del impuesto de ganancias. Te contamos cuáles son los puntos básicos para tener en cuenta. (Ver Resolución AFIP 5008/21 y Leyes 27617 y 27630)
Han sido publicadas hoy en el Boletín Oficial las leyes 27586 y 27587 que modifican algunos artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, con relación a la prescripción de las acciones y también respecto de las donaciones inoficiosas. Textos completos.
Los proveedores que comercialicen bienes y servicios a través de páginas o apps web deberán tener publicado el link denominado “BOTÓN DE ARREPENTIMIENTO”, mediante el cual el consumidor podrá solicitar la revocación de la aceptación del producto comprado o del servicio contratado.