17
Ene
2013

La lucha para desterrar la violencia contra la mujer ha tenido eco en la legislación nacional

La ley 26791 ha modificado el Código Penal Argentino. En relación al art. 80 han sido incorporados dos incisos, sustituídos el 1*, 4* y párrafo in fine del mismo. La ley sancionada el 14 de noviembre del año pasado, fue promulgada el 14 de diciembre de 2012. A continuación se publica el texto completo.

Ley 26791. Código Penal.  Modificaciones

Sancionada: Noviembre 14 de 2012
Promulgada: Diciembre 11 de 2012
Publicación en el B.O.: 14/12/2012

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°
Sustitúyense los incisos 1º y 4° del artículo 80 del Código Penal que quedarán redactados de la siguiente forma:

Artículo 80: Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare:

1°. A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.
4°. Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.

Artículo  2°
Incorpóranse como incisos 11 y 12 del artículo 80 del Código Penal los siguientes textos:
11. A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género.
12. Con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1°.

Artículo 3°
Sustitúyese el artículo 80 in fine del Código Penal, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Cuando en el caso del inciso 1° de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho (8) a veinticinco (25) años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima.

Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Dada en la Sala de sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, el día catorce de noviembre del año dos mil doce.— Registrado bajo el nº 26.791 —Beatriz Rojkes de Alperovich. — Julián A. Domínguez. — Gervasio Bozzano.— Juan H. Estrada.

Noticias

Invitamos a conmemorar el día internacional de la no violencia contra las mujeres. Las integrantes de la Comisión de los Derechos de la Mujer se anticiparán el viernes 23 de noviembre permaneciendo -en la puerta de los Tribunales de San Isidro de 9:00 a 11:00 y luego de 11:00 a 14:00 en la puerta de los Tribunales de Familia de la calle Bilbao-, repartiendo volantes alusivos. Acompáñenos.

DESTINADO: A aquellas profesionales que de manera activa visible o invisiblemente­ mediante su trabajo independiente o de manera integrada a un organismo gubernamental o no gubernamental día a día, defienden los Derechos Humanos enmarcados en la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, Tratados Internacionales.
La ministra de la Corte, a cargo de aquella dependencia, firmó un convenio con el Poder Judicial de Salta y el Ministerio de Derechos Humanos de esa provincia. Se acordó el diseño conjunto de actividades destinadas al abordaje de esas temáticas.
Lo dispuso el juez Santiago Inchausti, a cargo del Juzgado Federal N° 3 de la Ciudad de Mar del Plata. Las actuaciones están vinculadas con hechos ocurridos en 2008 en la localidad de Balcarce. Las víctimas eran dos mujeres de nacionalidad paraguaya.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la ley 4181, de creación de un servicio telefónico llamado: "Línea Mujer", dependiente de la Dirección General de la Mujer del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El número es gratuito para las personas que se comunican tanto desde telefonía celular como de línea fija.