14
Mayo
2019

Manifestación del Colegio ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Manifestación del Colegio de Abogados de San Isidro frente a la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano).

Manifestación ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Ante la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano), el Colegio de Abogados de San Isidro, manifiesta:

1.- La sucesión ab intestato o bien la testamentaria no es un mero trámite, sino que se trata de un acto jurisdiccional por el cual se declaran herederos en la denominada declaratoria de herederos, o bien en la aprobación del testamento.

2.- La sustitución de tal acto jurisdiccional en funcionarios que constituye la fe pública, no es constitucional:

3.- Así como el juez no es un mero fedatario, el notario no ejerce la jurisdicción; violentar estos conceptos básicos es violar la Constitución Nacional.

4.- La organización del proceso sucesorio, como manifestación del acto jurisdiccional es privativo de cada Provincia, lo que deriva en otra inconstitucionalidad en el avasallamiento del sistema Federal.

5.- El mentado ahorro no es cierto, por varias razones:

a.) el trámite sucesorio se encarece por la tasa de justicia, que es menor a la gabela establecido en la iniciativa conocida del 2% a favor del escribano;
b.) si hay un conflicto entre herederos hay que pagarle al escribano y luego recurrir a la justicia, lo que devengará nuevos gastos;
c.) a ese 2% deberá agregarse los costos impositivos por la intervención notarial y los previsionales;
d.) al Estado tampoco le saldrá más barato, ya que por vía de la negativa del ingreso de tasa de justicia (la mayoría de los contradictorios se tramitan con beneficio de litigar sin gastos) el servicio de justicia se desfinanciaría.

En definitiva, hay oportunidades de gasto ociosos que reducir sin mella del sistema de división de poderes, sin violar el estado federal, y sin privar a los ciudadanos de jurisdicción.
Colegio de Abogados de San Isidro, 14 de mayo de 2019

Noticias

El martes 29 de marzo de 2022, por primera vez el Colegio de Abogados de San Isidro fue sede de una sesión plenaria del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires. Motivos de esta iniciativa. Cuestiones tratadas. Celebración de un Conversatorio.
El 25/3/22 se reunió en Azul, la Comisión de Administración y Justicia del COLPROBA que preside el Dr. Santiago Quarneti. Participaron 15 delegaciones en la continuidad de una agenda en movimiento para demandar a los órganos de la administración de justicia, soluciones urgentes que respondan a las necesidades de la ciudadanía y garanticen el libre ejercicio de nuestra profesión de abogados/as.
Los invitamos a participar del Conversatorio que sobre "Novedades en el sistema de empadronamiento, inscripción y convocatoria a exámenes -Consejo de la Magistratura de la Prov. de Buenos Aires-" se llevará cabo el 29/3/22 a las 14:00 en Acassuso 424, 1° piso de San Isidro.
Ante la circulación de comunicaciones en las distintas redes sociales a las que acceden habitualmente nuestros matriculados, ciertamente llamativas, el Consejo Directivo del CASI manifiesta su preocupación por la dudosa finalidad de su contenido, claramente reñido con las normas del comportamiento ético que, además, banaliza el valor de la Colegiación profesional.
Aviso. El Consejo de la Magistratura de la Nación anuncia la elección de las Representantes de la abogacía para el período 2018/2022. Se llevará a cabo el martes 5 de abril, de 9:00 a 18:00, en la sede de Martín y Omar 339 de San Isidro. Detalles del acto eleccionario.(8/3/22: Fueron extendidos los plazos de publicidad y oposición)