14
Mayo
2019

Manifestación del Colegio ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Manifestación del Colegio de Abogados de San Isidro frente a la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano).

Manifestación ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Ante la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano), el Colegio de Abogados de San Isidro, manifiesta:

1.- La sucesión ab intestato o bien la testamentaria no es un mero trámite, sino que se trata de un acto jurisdiccional por el cual se declaran herederos en la denominada declaratoria de herederos, o bien en la aprobación del testamento.

2.- La sustitución de tal acto jurisdiccional en funcionarios que constituye la fe pública, no es constitucional:

3.- Así como el juez no es un mero fedatario, el notario no ejerce la jurisdicción; violentar estos conceptos básicos es violar la Constitución Nacional.

4.- La organización del proceso sucesorio, como manifestación del acto jurisdiccional es privativo de cada Provincia, lo que deriva en otra inconstitucionalidad en el avasallamiento del sistema Federal.

5.- El mentado ahorro no es cierto, por varias razones:

a.) el trámite sucesorio se encarece por la tasa de justicia, que es menor a la gabela establecido en la iniciativa conocida del 2% a favor del escribano;
b.) si hay un conflicto entre herederos hay que pagarle al escribano y luego recurrir a la justicia, lo que devengará nuevos gastos;
c.) a ese 2% deberá agregarse los costos impositivos por la intervención notarial y los previsionales;
d.) al Estado tampoco le saldrá más barato, ya que por vía de la negativa del ingreso de tasa de justicia (la mayoría de los contradictorios se tramitan con beneficio de litigar sin gastos) el servicio de justicia se desfinanciaría.

En definitiva, hay oportunidades de gasto ociosos que reducir sin mella del sistema de división de poderes, sin violar el estado federal, y sin privar a los ciudadanos de jurisdicción.
Colegio de Abogados de San Isidro, 14 de mayo de 2019

Noticias

El 30/9/21, en el Salón de Actos de la sede académica del Colegio se llevó a cabo una Mesa redonda donde se trató el Proyecto de ley de responsabilidad del Estado. Contó con la participación del Sr. Ministro de la SCBA Dr. Daniel F. Soria y otros expositores -en línea-.
La colegiación bonaerense ante el actual contexto sanitario frente al COVID-19, reclamó a la SCBA el funcionamiento pleno de los juzgados y demás organismos y la reapertura total, obviando el sistema de turnos previos para su atención. Es perentorio actualizar esas medidas y disponer otras nuevas que eviten demoras en el funcionamiento del servicio de administración de justicia.
Hoy, martes 14 de septiembre se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria y proclamación de candidatos. Fue celebrada en el parque de la sede de Martín y Omar 339, acompañada de numerosos colegas en un acto de amable y cordial camaradería.
Invitamos a los matriculados a participar de la Asamblea General Ordinaria. Se llevará a cabo en la sede de Martín y Omar 339, San Isidro, el martes 14 de septiembre de 2021; 1° llamado: 8:00, 2° llamado: 9:00. Se agradece puntualidad.
Los invitamos a compartir un reportaje al Presidente del Colegio quien se refirió al mensaje emitido el domingo 29 de agosto con motivo del Día del Abogado. Puntualizó el rol pasivo y escasamente presencial del Poder Judicial durante la emergencia sanitaria y otros temas candentes como el “Olivosgate”; el casamiento de la política y la justicia; la permeabilidad de los jueces y magistrados.