08
Jun
2018

MEV. Acceso automático. Familia, penal y responsabilidad penal juvenil (desde el 2 de julio)

Por Res. SCBA Nº 923/18, del 6/6/18 vinculada a facilitar el acceso automático a la MEV: fueros de familia, penal y responsabilidad penal juvenil, para las partes, sus letrados y representantes, reemplazando la planilla de solicitud vigente hasta la fecha, que queda solamente para quienes son ajenos al proceso, estará disponible desde el 2 de julio del corriente.

Acceso automático a la M.E.V. en los fueros de familia, penal y responsabilidad penal juvenil
(Disponible a partir del 2 de julio)

Continuaron las gestiones del Colegio de Abogados de la Provincia, de la que forma parte activa el Colegio de Abogados de San sidro ante la Suprema Corte a fin de conseguir la ampliación del acceso a la Mesa de Entradas Virtual. Finalmente el 6 de junio la SCBA dictó la  Resolución Nº 923/18.

La misma está vinculada a facilitar el acceso automático a la MEV  -sistema que estará operativo a partir del 2 de julio- en los fueros de familia, penal y responsabilidad penal juvenil, para las partes, sus letrados y representantes, reemplazando la planilla de solicitud vigente hasta la fecha, que queda solamente para quienes son ajenos al proceso.

Fuentes
SCBA

Noticias

Ponemos a disposición las estrategias jurídicas para evitar la depreciación que afecta a los créditos laborales. Se trata de ocho puntos claves, a modo de conclusiones de la jornada desarrollada el 16/5/2023, dictada por el Dr. Juan Formaro, en el marco del Seminario de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la FACA.
El Colegio te mantiene informado acerca de las últimas novedades dispuestas por la la SCBA. La Suprema Corte resolvió que el sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas no estará disponible entre las 22:00 del 5 de abril y las 03:00 del 10 de abril del corriente año.
La firma digital avanza y reemplazará en fecha aun no determinada a la firma electrónica. El trámite es presencial, por eso te alertamos para que agendes un turno y evitar complicaciones innecesarias. Más detalles y beneficios.
Te explicamos las diferencias entre la firma electrónica y la digital conforme su regulación legal; los alcances de cada una; su valor probatorio. La obligatoriedad establecida por la SCBA en el Portal de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas.
***Firma digital: trámite presencial en el Colegio previo turno. Concurrir con DNI, notebook y token.
Hacemos saber que a través de la Resolución SC Nº 366/23, se dispuso la suspensión de los términos procesales el día 17/3/23 en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Sobre esa cuestión desde la colegiación se había elevado una solicitud a la SCBA: