17
Ene
2013

La lucha para desterrar la violencia contra la mujer ha tenido eco en la legislación nacional

La ley 26791 ha modificado el Código Penal Argentino. En relación al art. 80 han sido incorporados dos incisos, sustituídos el 1*, 4* y párrafo in fine del mismo. La ley sancionada el 14 de noviembre del año pasado, fue promulgada el 14 de diciembre de 2012. A continuación se publica el texto completo.

Ley 26791. Código Penal.  Modificaciones

Sancionada: Noviembre 14 de 2012
Promulgada: Diciembre 11 de 2012
Publicación en el B.O.: 14/12/2012

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°
Sustitúyense los incisos 1º y 4° del artículo 80 del Código Penal que quedarán redactados de la siguiente forma:

Artículo 80: Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare:

1°. A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.
4°. Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.

Artículo  2°
Incorpóranse como incisos 11 y 12 del artículo 80 del Código Penal los siguientes textos:
11. A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género.
12. Con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1°.

Artículo 3°
Sustitúyese el artículo 80 in fine del Código Penal, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Cuando en el caso del inciso 1° de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho (8) a veinticinco (25) años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima.

Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Dada en la Sala de sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, el día catorce de noviembre del año dos mil doce.— Registrado bajo el nº 26.791 —Beatriz Rojkes de Alperovich. — Julián A. Domínguez. — Gervasio Bozzano.— Juan H. Estrada.

Noticias

Si el odio a las mujeres es una de las banderas de quienes nos gobiernan no guardemos un tibio silencio. Ante la misoginia patriarcal claramente avasallante, no hay concesión posible, nunca.
Escribe la Dra. Andrea Martínez Seijas.
El Instituto de los Derechos de las Mujeres ratifica su enérgico rechazo al Congreso llamado “Internacional sobre Violencia Familiar y Alienación Parental” que se lleva a cabo en las aulas de la Facultad de Derechos de la UBA y reitera lo manifestado en la inauguración de la jornada sobre el “Inexistente Síndrome de Alienación Parental (SAP), organizada y llevada a cabo por el Instituto en las aulas del CASI, Acassuso 424, el 4 de septiembre de 2023.
El Instituto de los Derechos de las Mujeres recuerda que el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, se conmemora cada 25 de noviembre en homenaje a “Las Mariposas”: Patria, Minerva y María Teresa, las hermanas Mirabal (activistas políticas asesinadas en 1960).
En 1981 se eligió esa fecha en honor a su lucha.
El objetivo fue concientizar sobre la violencia de género y promover acciones para erradicarla.
Después de muchos años de lucha, el feminismo logró visibilizar las violencias machistas contra las mujeres.
Recordamos que la ONU define como violencias, entre otras, la sexual, física, psicológica, económica, las amenazas, la coerción y la manipulación.
Exigimos que se se activen los mecanismos para que respondan ante la justicia cada uno de los denunciados por violencia de género.
Informe sobre la presencia del Instituto de los Derechos de las Mujeres en el desayuno # 235 del programa “de Representantes y Representadas”, celebrado en la Embajada de Panamá el 6 de junio de 2024.