03
Nov
2019

Permanente voluntad por una justicia mejor. CIDH Caso Rico vs Argentina, sentencia 2/9/2019

El Colegio acusó, hace 20 años, al Juez Eduardo Rico por múltiples faltas y fue destituido por el Jurado de Enjuiciamiento por unanimidad. Agotadas todas las instancias judiciales en el país, el ex juez recurrió ante la CIDH. La Argentina fue absuelta.
Hace 20 años el Colegio acusó al Juez del Trabajo Eduardo Rico por múltiples faltas y fue destituido por el Jurado de Enjuiciamiento por unanimidad. Agotadas todas las instancias judiciales en el país, el ex juez recurrió ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La Comisión que funciona como instancia previa aconsejó abrir el caso y pidiendo se condenara a nuestro país a reponer al juez en su cargo, indemnizarlo y realizar reformas que eran de imposible cumplimiento para nuestro país por afectar su estructura constitucional.
La Corte rechazó los recursos del ex juez y absolvió a la Argentina. 
Muchos habían opinado después del dictamen de la Comisión que se condenaría a nuestro país.
Los opinólogos se equivocaron como siempre. 
El Colegio de Abogados de San Isidro ha demostrado su permanente voluntad al cabo del tiempo por una Justicia mejor.
Tabla de contenidos
I. INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA Y OBJETO DE LA CONTROVERSIA -3-
II. PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE -4-
III. COMPETENCIA -5-
IV. EXCEPCIÓN PRELIMINAR -5-
A.  Alegatos de las partes y de la Comisión -5--
B.  Consideraciones de la Corte – 5-
V. PRUEBA -7-
VI. HECHOS -8-
A.  Antecedentes -8-
B.  Los hechos ocurridos en el proceso ante el Jurado de Enjuiciamiento Provincial -8 -
C.  Recursos interpuestos por el señor Rico-11-
C.1. Recurso Extraordinario de Nulidad (“REN”) ante la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires (“SCJBA”).-11- 
C.2. Recurso extraordinario federal (“REF”) ante la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires (“SCJBA”) -12- 
C.3. Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (“CSJN”) .-12-
VII. FONDO ..-12-
VII.1. DERECHO A LAS GARANTÍAS JUDICIALES DEL SEÑOR RICO -13-
A.  Alegatos de la Comisión y de las partes -13 -
B.  Consideraciones de la Corte -14-
B.1. La alegada violación a la garantía del juez competente e independiente -15-
B.2. La alegada violación a la garantía de un juez imparcial -18-
B.3. El derecho a contar con un fallo motivado -19-
B.4. La alegada violación al derecho de defensa, a otras garantías judiciales y a recurrir el fallo por un tribunal superior -21-
B.5. Conclusión -21-
VII.2. EL DERECHO A LA PROTECCIÓN JUDICIAL DEL SEÑOR RICO -22-
A.  Alegatos de las partes y de la Comisión -22-
B.  Consideraciones de la Corte -22-
VII.3. PRINCIPIO DE LEGALIDAD, Y DERECHOS POLÍTICOS DEL SEÑOR RICO -24-
A.  Alegatos de las partes y de la Comisión-24-
B.  Consideraciones de la Corte -25-
B.1. Principio de Legalidad -25-
B.2. Derechos Políticos del señor Rico -27-
VIII. PUNTOS RESOLUTIVOS -27-
/// Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Rico Vs. Argentina. 
Excepción preliminar y Fondo. Redactada en español en la Ciudad de Barranquilla, Colombia, el 2 de septiembre de 2019.
 

Noticias

El miércoles 7 de junio del corriente, visitó nuestro Colegio el Dr. Julio Conte Grand - Procurador General ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. En una extensa y cordial conversación se trataron temas de interés común relacionados a la administración de justicia y otros afines.
Actualización. El 7/6/17 se ha cursado una denuncia ante la Oficina de Personal de la Suprema Corte de Justicia, por la situación detectada en el Juzgado de Familia nro. 4 del Departamento Judicial de San Isidro, conforme la foto que se acompaña. El 8/6/17 se ha recibido una nota del Dr. Halbide que transcribimos.
Ante el requerimiento de media sanción por parte del Senado Bonaerense nuestro Colegio continuará llevando adelante todas las acciones tendientes a hacer efectivo el reclamo de rechazo total del proyecto de adhesión de la Provincia, en tanto el mismo vulnera derechos constitucionalmente garantizados y atenta contra las incumbencias profesionales de los matriculados.-Más: noticia COLPROBA
Se llevará a cabo en el Colegio de Abogados de Dolores, el día viernes 23 de junio de 2017, a partir de las 10:00.-Luego de las acreditaciones y el acto de apertura (11:30) se escuchará la charla del Dr. Fabio Quetglas, quien disertará sobre las “Profesiones tradicionales en la sociedad de la innovación”.
El 24/5 en el Ministerio de Justicia bonaerense tuvo su primera reunión la “Comisión para la actualización del proceso de capacitación y selección de jueces”. Tendrá como objetivos estudiar y proponer reformas al sistema actual. Dichas reformas abarcarán la creación de una escuela judicial previa,la modificación sustancial del sistema de exámenes, la generación de órdenes de mérito antes de confeccionar las ternas, y otras más. Designaron al Dr. Sagués.