Un particular denunció, ante este Colegio de Abogados, al letrado que contrató para tramitar sendos juicios en San Isidro porque no podía comunicarse con él, ni le devolvía sus llamados telefónicos. Razón por la cual el interesado concurrió al Juzgado para extraer fotocopias y consultar con otro profesional.
Contactado por el nuevo profesional, el letrado denunciado sostuvo que en el juicio de desalojo nunca se le había corrido traslado de la demanda, ni en el ejecutivo se había trabado embargo y tanto en esos expedientes como en el beneficio de litigar sin gastos, obraban firmas suyas adulteradas, manifestando además que tenía intenciones de renunciar.
Como algunas de las certificaciones pertinentes permitieron corroborar que el profesional cuestionado tiene matrícula en Capital Federal y no así en la provincia de Buenos Aires se le corrió traslado cfr. el art. 31-ley 5177-.
En el descargo el letrado denunciado reconoció haber cumplimentado personalmente algunos recaudos procesales, adjudicándose la firma de varios escritos judiciales, asegurando haber informado que al no estar colegiado en la provincia de Buenos Aires sería patrocinado por un colega de su estudio. Oportunamente ofreció prueba y solicitó el archivo de la denuncia.
En razón de su propio reconocimiento y dichos probados, surgió que el abogado denunciado habría asumido y llevado a cabo un asesoramiento y/o gestión extrajudicial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, careciendo de matrícula habilitante para ello. Por ende, ante la violación de lo normado por la ley 5177, este Colegio ordenó efectuar la correspondiente denuncia penal, destacándose especialmente lo prescripto por los arts. 1, 116, inc. a) y 120, ambos de la ley 5177 (t.o. ley 12277 y 12548).-"
Radicada la denuncia ante el Juzgado Correccional nro. 5, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea Paglani, la Magistrada condenó el 5 de diciembre de 2012 al letrado denunciado -por infracción a los artículos 1ro y 116 inc.a de la ley 5177, a la sanción de una multa de veinte jus.
11
Jun
2013
Un abogado ha sido multado en sede judicial, por ejercer sin estar matriculado en un Colegio de Abogados departamental
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
Noticias
El viernes 14 de diciembre a las 21:00 es la cita señalada para despedir el año. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Agendemos esta fecha para festejar el fin del año 2018 junto a todos nuestros colegas. Venta de tarjetas desde el 3/12 hasta el 14/12 a las 12:00 o hasta que se agoten. No se venderán tarjetas en la puerta del Colegio.
La Dra. Marina Sánchez Herrrero quien fuera elegida por sus pares como integrante del Consejo de la Magistratura de la Nación, ha sido nombrada Vicepresidente del cuerpo. Fue el jueves 6 de diciembre pasado en ocasión del primer plenario de la nueva integración. En la historia de la institución, es la primera vez que una Abogada accede a ese cargo.
Frente a los hechos de público conocimiento vinculados a la planificación delicitiva de un grupo de personas para atentar contra la integridad del Sr. Fiscal del Departamento Judicial de San Isidro, Dr. Patricio Ferrari, el Colegio de Abogados de San Isidro, emite la siguiente declaración.
En reiteradas notas se ha examinado la función de los Colegios de Abogados. Por nuestra parte y en relación al editorial publicado por La Nación “Abogados sin ética”, damos a conocer a la sociedad el significado que tiene la “Colegiación” para el Colegio de Abogados de San Isidro.
Editado e impulsado por el Colegio de Abogados de San Isidro, un convenio de características interinstitucionales en relación al sistema de Justicia juvenil restaurativa fue firmado hoy por su Presidente, Dr. Santiago Quarneti, junto a autoridades provinciales, judiciales, municipales, académicas y eclesiásticas.