Un particular denunció, ante este Colegio de Abogados, al letrado que contrató para tramitar sendos juicios en San Isidro porque no podía comunicarse con él, ni le devolvía sus llamados telefónicos. Razón por la cual el interesado concurrió al Juzgado para extraer fotocopias y consultar con otro profesional.
Contactado por el nuevo profesional, el letrado denunciado sostuvo que en el juicio de desalojo nunca se le había corrido traslado de la demanda, ni en el ejecutivo se había trabado embargo y tanto en esos expedientes como en el beneficio de litigar sin gastos, obraban firmas suyas adulteradas, manifestando además que tenía intenciones de renunciar.
Como algunas de las certificaciones pertinentes permitieron corroborar que el profesional cuestionado tiene matrícula en Capital Federal y no así en la provincia de Buenos Aires se le corrió traslado cfr. el art. 31-ley 5177-.
En el descargo el letrado denunciado reconoció haber cumplimentado personalmente algunos recaudos procesales, adjudicándose la firma de varios escritos judiciales, asegurando haber informado que al no estar colegiado en la provincia de Buenos Aires sería patrocinado por un colega de su estudio. Oportunamente ofreció prueba y solicitó el archivo de la denuncia.
En razón de su propio reconocimiento y dichos probados, surgió que el abogado denunciado habría asumido y llevado a cabo un asesoramiento y/o gestión extrajudicial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, careciendo de matrícula habilitante para ello. Por ende, ante la violación de lo normado por la ley 5177, este Colegio ordenó efectuar la correspondiente denuncia penal, destacándose especialmente lo prescripto por los arts. 1, 116, inc. a) y 120, ambos de la ley 5177 (t.o. ley 12277 y 12548).-"
Radicada la denuncia ante el Juzgado Correccional nro. 5, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea Paglani, la Magistrada condenó el 5 de diciembre de 2012 al letrado denunciado -por infracción a los artículos 1ro y 116 inc.a de la ley 5177, a la sanción de una multa de veinte jus.
11
Jun
2013
Un abogado ha sido multado en sede judicial, por ejercer sin estar matriculado en un Colegio de Abogados departamental
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
Noticias
El pasado 5 de julio, en el Salón Auditorio de la Caja -La Plata-, se llevó a cabo la ceremonia de asunción de las nuevas autoridades y se realizó un homenaje a los Abogados Víctimas del Terrorismo de Estado por los trágicos acontecimientos que se sucedieron la semana del 6 de julio de 1976 conocida como “La Noche de las Corbatas”.
Manifestamos nuestra más profunda preocupación frente al "Nuevo programa de Representación Jurídica Gratuita" presentado por la Defensoría del Pueblo de Pilar y la Fundación Microjusticia Argentina, que ofrece consultas y asesoramiento gratuito en amplios y variados temas de derecho. Repudio.
A 198 años de su paso a la inmortalidad, un retrato del creador de la Bandera nacional argentina, el abogado Don Manuel Belgrano a través del caleidoscopio celeste y blanco de los documentos rescatados por la Dra. Silvia Raquel Pedretta. Saber más: Ceremonial. Bandera nacional de la libertad civil. Invitación
Hoy, 19 de junio, el Presidente del Colegio de Abogados de San Isidro, Dr. Santiago Quarneti, prestó juramento como Consejero Suplente ante el Sr. Presidente del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires, el Dr. Eduardo Néstor De Lázzari.
El miércoles 13 de junio pasado se celebró en la Secretaria de Planificación de la SCJBA la reunión de la Mesa de Trabajo sobre presentaciones electrónicas en referencia a la implementación del Ac. 3886.Desde COLPROBA, donde participa activamente nuestro Colegio, se plantearon inquietudes como así desde el Colegio de Magistrados. Temas tratados y respuestas obtenidas.