13
Ago
2012

Violencia de género

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la ley 4181, de creación de un servicio telefónico llamado: "Línea Mujer", dependiente de la Dirección General de la Mujer del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El número es gratuito para las personas que se comunican tanto desde telefonía celular como de línea fija.

 

Ley 4181

Línea Mujer

CABA
BO 27/7/2012 

 

Protección Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres
Buenos Aires, 31 de mayo de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Transformase la LÍNEA MUJER, servicio de atención telefónica gratuita permanente dependiente de la Dirección General de la Mujer del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en una línea de tres dígitos.

Art. 2°.- La LÍNEA MUJER contará con un número gratuito para las personas que se comunican tanto desde telefonía celular como de línea fija.

Art. 3°.- La LÍNEA MUJER de la Dirección General de la Mujer recibirá consultas y brindará orientación referidas a las distintas manifestaciones de violencia contra las mujeres teniendo como marco regulatorio e interpretativo de su actividad la ley 26485 de "Protección Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollan sus Relaciones Interpersonales", y la legislación de la Ciudad de Buenos Aires en la materia, en particular las Leyes 1265, Ley de Violencia Familiar y Doméstica y la 1688 :Ley de Prevención de la Violencia Familiar.

Art. 4°.- La LÍNEA MUJER tendrá como funciones:

a) Brindar información, orientación, contención, asesoramiento en los temas relativos a la violencia de género, delitos contra la integridad sexual de la mujer y otras formas de violencia contra las mujeres, interviniendo en situaciones de emergencia y derivando a centros de asistencia.

b) Articular con los distintos fueros de la Justicia, tanto nacionales como locales, como con las fuerzas de seguridad actuantes en el distrito las acciones necesarias para efectuar las derivaciones para la atención y protección de las víctimas y las denuncias contra los responsables de las agresiones.

c) Constituir redes interinstitucionales con organismos públicos de la ciudad, de la nación, de otras jurisdicciones provinciales y con organismos no gubernamentales para difusión de las líneas de prevención y asistencia de la violencia hacia las mujeres.

d) Realizar un registro de datos de las llamadas que serán procesadas por el Observatorio de Equidad de Género de la Dirección General de la Mujer.

Art. 5°.- El servicio de atención telefónica gratuita permanente funciona todos los días, las veinticuatro (24 horas.)

Art. 6°.- Las consultas y denuncias referidas a malos tratos y abusos contra la infancia serán derivados a la línea 102 del Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a los demás servicios de protección integral de derechos en lo que fuere pertinente.

Art. 7°.- La Dirección General de la Mujer realizará todos los convenios necesarios a nivel local como nacional, para la articulación y puesta en marcha de la línea telefónica gratuita de tres dígitos.

Art. 8°.- Disposición Transitoria: La LÍNEA MUJER de tres dígitos convivirá con el 0800 existente en la actualidad, hasta que la autoridad de aplicación considere que este nuevo número ya ha sido incorporado por la población.

Art. 9°.- Comuníquese, etc. Vidal – Pérez

 

Bajar ley 4181/12 Linea Mujer

 

 

 

Fuentes
http://www.cedom.gov.ar/

Noticias

El progreso de las mujeres y las niñas sigue siendo lento. Quince millones de niñas en edad escolar nunca tendrán la oportunidad de aprender a leer y escribir en comparación con diez millones de niños. La violencia contra mujeres y niñas continúa siendo una pandemia mundial: una de cada tres de ellas experimenta violencia física o sexual a lo largo de su vida. Cada vez sufrimos más violencia.
Instituto de los Derechos de las Mujeres. Repudio a lo recientemente acontecido en la provincia de Tucumán en relación a la vulneración total, en cada una de las instancias de los derechos de una niña embarazada producto de una violación que había solicitado en tiempo y forma junto a su madre la interrupción legal del embarazo.
El 15 de febrero en la sede de la Federación Argentina de Colegios de Abogados se llevó a cabo la Junta Extraordinaria que -entre algunos puntos del orden de día-, trató y aprobó el proyecto de modificación de los arts. 5 y 9 de su Estatuto, presentado por la Asociación de Abogados de Buenos Aires. Reflexiones de la Dra. Silvia R. Pedretta
Una joven frente a una cámara nos conmueve y desata el nudo ignominioso de todos los silencios. La sociedad se enfrenta quizás como nunca al desafío de transformar prácticas que –en muchos casos- son sinónimo de muerte para muchas mujeres. Esclarecedor reportaje a la Dra. Diana Maffia (audio)
El 25 de noviembre por resolución de la Asamblea de las Naciones Unidas ha sido designado Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (A/RES/54/134 de 17 de diciembre de 1999). Homenaje permanente en el parque de nuestro Colegio.