08
Ago
2020

Cierre preventivo ambos Juzgados Fed.Crim. y Correcc. de San Isidro

La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín dispuso el 7/8/20 el cierre preventivo de ambos Juzgados Federales en lo Criminal y Correccional con asiento en San Isidro. Fue declarado día inhábil el viernes 7/8/2020. Texto de la Resolución 27/20 CFASM

 

RES. 27/20 CFASM
 

Cierre de los Juzgados Federales con asiento en San Isidro

 

(Día inhábil, 7/8/20)

 

San Martín ,  7 de agosto de 2020

I. En el día de ayer, 6 de agosto de 2020 ,se dispuso el cierre del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 de San Isidro, a partir del día de hoy y hasta contar con el resultado del hisopado para COVID 19 efectuado a su titular -Dra . Sandra Arroyo Salgado- o por 72 horas . Ello, a raíz de lo indicado por el Departamento de Medicina de Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación , aclarando que -por razones de urgencia - esa disposición se instrumentó mediante correo electrónico enviado el 6/8/2020 , 20 : 56 .

La señora magistrada hizo saber que continuará en funciones, pese al aislamiento en que se encuentra, realizando tareas remotas.

Asimismo, informó que en esta jornada se realizará la sanitización del edificio.

II. En el día de la fecha , se recibió la comunicación cursada por el mencionado Departamento encomendando el cierre preventivo del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 2 de San Isidro , hasta el domingo inclusive , con los protocolos de limpieza, ventilación y desinfección que ya se iniciaron, continuando con trabajo remoto . Ello, a raíz de que en esa sede ya se cuenta con dos casos confirmados de COVID 19 .

Siendo así, corresponde disponer el cierre del mencionado Juzgado Federal Nº 2, por los motivos descriptos, desde el día de la fecha hasta el domingo próximo o inclusive .

III. En atención a lo que aquí decidido y habida cuenta lo solicitado por los titulares de ambos juzgados federales del asiento de San Isidro , cuyas sedes se encuentran preventivamente cerradas , sin actividad presencial , por razones de celeridad e inmediatez y a fin de evitar eventuales perjuicios para los justiciables , corresponde declarar inhábil el día 7 de agosto de 2020 para los Juzgados Federales en lo Criminal y Correccional del asiento de San Isidro, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan (RJN, artículo 2 º y arg. punto dispositivo 5 º Acordada 31/20 CSJN) , lo que ASÍ SE RESUELVE. Comuníquese a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a sus efectos.

Hágase saber -por correo electrónico- al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, al Colegio de Abogado de San Isidro , al Ministerio Público Fiscal y demás juzgados de la Intendencia de Cámara .

Fuentes
CFASM

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