03
Ago
2018

Contribución al proyecto de digitalización del expediente judicial

El Juzgado de Paz de Pilar ha publicado un aviso para los Colegas,advirtiéndoles que únicamente se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el Ac.3886, art.4, par.3 (acompañar documentación en papel) en casos en que el Magistrado expresamente lo exija, siempre que la digitalización sea perfectamente legible.

Contribución al proyecto judicial de expediente digital

En el Juzgado de Paz de Pilar, se ha publicado un aviso que textualmente comunica:

Importante

Sres. Profesionales

Se comunica que con la finalidad de evitar un almacenamiento excesivo en este Juzgado de documentación en formato papel, y con sustento en el criterio adoptado y perspectiva revelada por el máximo Tribunal Provincial en el art.4 segundo párrafo del Reglamento para la Notificación por Medios electrónicos (Ac. 3845/17), en miras de contribuir al proyecto de digitalización del expediente judicial, UNICAMENTE SE DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO a lo normado por el art. 4 párrafo tercero del Anexo Único del Ac. 3886 de la SCBA –ACOMPAÑAMIENTO DE DOCUMENTACIÓN EN FORMATO PAPEL- en aquellos casos en que el magistrado expresamente lo exija SIEMPRE QUE LA DIGITALIZACIÓN DE LA MISMA SEA PERFECTAMENTE LEGIBLE, designándose a los letrados depositarios de la misma.

Noticias

CSJN. Guía para usuario/a registrado del sistema de gestión judicial. Recomendamos leer atentamente estas instrucciones para el correcto ingreso de sus presentaciones -escritos y documental asociada- en el sistema de gestión judicial
A partir del 1° de septiembre del 2020 comenzarán a implementarse nuevas modalidades de pago de boletas de Tasas Retributivas del Ministerio de Trabajo. Será a través de transferencia bancaria, por homebanking o con tarjetas de débito o crédito. Ver más opciones para cancelar estos compromisos.
A partir del 1° de septiembre del corriente año se procederá a inscribir a los profesionales interesados en conformar los listados de peritos auxiliares de la Justicia. Cierre de inscripción: 30/9/2020.
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La SCBA dispuso por Resolución SC Nº 816/20, que los órganos judiciales de los fueros Civil y Comercial, Laboral, Familia, Contencioso Administrativo y de Paz, podrán celebrar cualquier clase de audiencias de modo total o parcialmente remoto. Aplicación supletoria: fueros Penal y Responsabilidad Penal Juvenil. Versión para imprimir: Guía de actuación.