17
Mar
2020

Coronavirus. ¿Qué podemos hacer para cuidarnos?

Invitamos a la comunidad a difundir las informaciones, recomendaciones y acciones positivas que estén al alcance de cada uno para diezmar el avance de la epidemia de coronavirus. Afiche para imprimir.
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Coronavirus. ¿Qué podemos hacer para cuidarnos?

*Preguntas y respuestas

¿Qué podemos hacer para cuidarnos? Población en general. ¿Cuáles son los síntomas del coronavirus COVID–19 y cuándo estar alertas? ¿Qué debo hacer si tengo más de 60 años? Aislamiento e información para viajeros. ¿Qué hacer en la escuela? Aeropuertos, puertos y pasos fronterizos. ¿Qué hay que hacer en los lugares que atienden público?

¿Qué podemos hacer para cuidarnos?
-Población en general
¿Cuáles son los síntomas del coronavirus COVID–19 y cuándo estar alertas?
Los síntomas más comunes son fiebre, tos y dolor de garganta. En algunos casos puede provocar dificultad respiratoria más severa y neumonía, requiriendo hospitalización.

Puede afectar a cualquier persona, principalmente a adultos mayores de 60 años y personas con afecciones preexistentes (como hipertensión arterial, diabetes, etc.).

-Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón o alcohol en gel.

-Toser o estornudar sobre el pliegue del codo o utilizar pañuelos descartables.

-No llevarse las manos a la cara.

-Ventilar bien los ambientes de la casa y del lugar de trabajo.

-Desinfectar bien los objetos que se usan con frecuencia.

-No automedicarse.

-En caso de presentar síntomas, aunque sean leves, consultar inmediatamente al sistema de salud, siguiendo las recomendaciones locales, para saber cómo hacer correctamente la consulta.

Ejemplo: 107 en CABA, 148 en Provincia de Buenos Aires, 0800-222-1002 a nivel nacional.

No se recomienda el uso de barbijos de manera rutinaria.

¿Qué debo hacer si tengo más de 60 años?

Además de reforzar las recomendaciones generales de prevención de enfermedades respiratorias, recomendamos:

-Minimizar las actividades sociales, fundamentalmente lugares cerrados con concurrencia importante de personas.

-Consulta inmediata ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria), no auto medicarse, no subestimar ninguna manifestación clínica, seguir las recomendaciones de la jurisdicción en la que reside en relación con la modalidad de consulta. Se recomienda que sea a través de la atención telefónica para disminuir el riesgo y organizar la consulta posterior.

-Recibir la vacuna antigripal y el esquema secuencial contra el neumococo según recomendaciones nacionales.

-En caso de ser posible, postergar viaje a áreas de transmisión de coronavirus.

-En el caso de personas residentes en instituciones para personas mayores, se recomienda evitar las visitas de personas con síntomas respiratorios y quienes hayan estado en lugares de transmisión viral en los últimos 14 días.

Aislamiento e información para viajeros
Prohibición del ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes por el plazo de 15 días

Esta decisión minimizará la posibilidad de ingreso y la propagación del virus al interior de nuestra región. Estaremos colaborando con las autoridades de los países vecinos en intercambio de información clave para lograr el objetivo en común. Además, hemos detectado personas que descienden de un avión de zonas de riesgo en un país vecino e intentan ingresar al nuestro por la frontera.

De acuerdo con el Decreto 260/2020, deben permanecer aisladas por 14 días:

- dificultad respiratoria) y que en los últimos días hayan viajado a zonas afectadas o estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19,

-las personas que posean confirmación médica de haber contraído el COVID – 19,

-las personas que tengan contacto estrecho con alguno de los casos mencionados antes,

-quienes ingresen al país después de haber estado en una zona afectada. También deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción.

-quienes hayan ingresado al país los últimos 14 días después de haber estado en una zona afectada.

No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria.

Quienes no cumplan con el aislamiento serán denunciados penalmente para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.

Las personas que presenten síntomas compatibles con COVID-19 deberán reportarlo de inmediato al sistema de salud.

¿Qué hacer en la escuela?
Se suspenden las clases por 14 días pero no se cierran las escuelas.

Se reemplazarán los comedores por entregas de viandas.

Se trabajará en actividades de educación a distancia.

Aeropuertos, puertos y pasos fronterizos
Ante la situación mundial, en relación a COVID-19, que implica la posibilidad de ingreso a nuestro país de personas infectadas, se generaron las recomendaciones necesarias para la detección temprana y control de pacientes con posibilidad de presentar una enfermedad respiratoria aguda al ingreso a nuestro país.

La principal estrategia es la detección temprana y control de los casos posibles.

En los Aeropuertos, Puertos y Pasos Fronterizos se está realizando difusión masiva de información para viajeros en relación a COVID-19, con el objetivo de generar conciencia acerca de la importancia de las medidas de prevención, los síntomas ante los cuales se debe solicitar atención y el teléfono de consulta ministerial sanitaria 0800-222-1002 / opción 1

Acciones Generales
-Realizar difusión masiva de información a pasajeros provenientes del exterior con el objeto de incentivar la consulta temprana ante la presencia de síntomas de enfermedad respiratoria aguda

-Brindar conocimiento sobre las principales medidas de prevención para todas aquellas personas que viajen a zonas con circulación del virus.

-Capacitar al personal de las distintas áreas de trabajo que puedan tener relación con un caso posible.

-Solicitar la colaboración a las empresas de transporte aéreo, naval y terrestre para propiciar la detección y manejo de casos.

-Acciones específicas ante la sospecha de caso

-Informar a la autoridad sanitaria.

La Dirección Nacional de Sanidad de Fronteras (aeropuertos / puertos / paso fronterizo):

-Colocará barbijo al paciente y procederá a trasladarlo un sitio de atención adecuado.

-Verificará si la persona cumple criterios de caso sospechoso de presentar infección por coronavirus según definición de caso sospechoso.

-Determinará los contactos estrechos y relevará información de importancia para su seguimiento.

-Derivará al paciente a través del Servicio de Emergencias Prehospitalarias (ambulancia) del Aeropuerto/ Puerto. Cada Aeropuerto/Puerto/Paso Fronterizo, tiene definido, según la jurisdicción, el hospital de derivación del paciente.

¿Qué hay que hacer en los lugares que atienden público?

En los sitios que atienden o tienen asistencia de público, como empresas, organismos, comercios y cines:

-poné carteles con información de prevención (cómo higienizarse las manos, cómo toser o estornudar) en lugares bien visibles. Si corresponde con tu tipo de público, poné mensajes en varios idiomas.

-poné dispensers con alcohol en gel a disposición del público;

-controlá que nunca falte jabón en los baños,

-poné cestos sin tapa y con boca ancha para que la gente tire pañuelos descartables usados,

-mantené limpias y desinfectadas las superficies de contacto habitual (mostradores, barandas, picaportes, puertas),

Antes de aplicar cualquier tipo de desinfectante, hay que lavar la superficie con agua y detergente

-para lavar una superficie, aplicá la técnica de doble balde y doble trapo:

-prepará en el balde 1 una solución con agua tibia y detergente de uso doméstico suficiente para producir espuma;

-sumergí el trapo 1 en el balde 1, escurrilo y friccioná las superficies a limpiar siempre desde la zona más limpia a la más sucia;

-repetí el paso anterior hasta que quede bien limpia;

-llená de agua el balde 2, sumergí el trapo 2 y enjuagá la superfice.

para desinfectar la superficie:

-diluí 10 ml de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua;

-sumergí un trapo escurrilo y friccioná la superficie;

-dejá que se seque bien.

El personal de limpieza debe utilizar equipo de protección individual adecuado para limpieza y desinfección.
-mantené bien ventilados los ambientes. Si es un lugar cerrado, ventilalo con regularidad.

- AFICHE PARA IMPRIMIR-A4-

 

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Fuentes
Ministerio de Salud de la Nación

Noticias

Fueron publicadas las medidas atinentes al funcionamiento del servicio de transporte automotor, ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional y vuelos de cabotaje (además de los requisitos que deben cumplir las líneas aéreas).Se habilitó el uso de transporte público para los alumnos que asistan a clases presenciales.
Como consecuencia de las gestiones, acciones y reclamos que efectuara el CASI a través de su Comisión de Previsión y Seguridad Social conjuntamente con COLPROBA y FACA se logró el dictado de la normativa que permite el inicio de nuevos trámites virtuales cfr. la resolución 362 en adjunto.
Mediante Resolución SPL Nº 58/20, se prorrogan las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente, con énfasis en la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles. Dec.792/20. Prórroga AFIP.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución SPL Nº 52/20, prorrogar las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente. Resoluciones prorrogadas. Decreto DNU 754/20.
Las personas profesionales ciegas o ambliopes, pueden efectuar presentaciones y notificaciones en soporte papel y desempeñarse del modo en que habitualmente lo hacían, con anterioridad al dictado de normas extraordinarias con motivo de la pandemia de COVID 19. Pueden concurrir a la sede de las dependencias de la Justicia Nacional en lo Civil, sin necesidad de asignación de turno previo. Requisitos.