28
Mar
2018

Declaración jurada de beneficiario final. Disp.n° 130/17

En todos los trámites registrales efectuados por sociedades nacionales, binacionales, sociedades constituidas en el extranjero y/o de registración o modificación de contratos asociativos o contratos de fideicomiso, se deberá presentar una declaración jurada conforme lo indicado en la Disposición 130/17. Texto completo. Formulario imprimible.

En todos los trámites registrales efectuados por sociedades nacionales, binacionales, sociedades constituidas en el extranjero y/o de registración o modificación de contratos asociativos o contratos de fideicomiso, se deberá presentar una declaración jurada indicando quién/es reviste/n la calidad de beneficiario/s final/es de la sociedad, Contrato Asociativo o Contrato de Fideicomiso. Ello conforme la disposición nro. 130/2017 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (B.O. de la Prov. de Buenos Aires del 22/12/2017).

Fuentes
Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

La DPPJ convoca a todas las asociaciones civiles sin fines de lucro de los partidos de S. Isidro, S. Fernando, Tigre, V. López, Campana, Escobar, Gral. Rodríguez, José C. Paz, S.Miguel, S. Martín, Malvinas Argentinas a participar de la jornada de “Normalización y Capacitación de Asociaciones Civiles de la Provincia de Buenos Aires” en el polideportivo de Luján, el 26/8.
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas -Delegación Colegio de Abogados de San Isidro- hace saber a los usuarios los nuevos valores aplicables en concepto de tasas durante el año 2017.