28
Mar
2018

Declaración jurada de beneficiario final. Disp.n° 130/17

En todos los trámites registrales efectuados por sociedades nacionales, binacionales, sociedades constituidas en el extranjero y/o de registración o modificación de contratos asociativos o contratos de fideicomiso, se deberá presentar una declaración jurada conforme lo indicado en la Disposición 130/17. Texto completo. Formulario imprimible.

En todos los trámites registrales efectuados por sociedades nacionales, binacionales, sociedades constituidas en el extranjero y/o de registración o modificación de contratos asociativos o contratos de fideicomiso, se deberá presentar una declaración jurada indicando quién/es reviste/n la calidad de beneficiario/s final/es de la sociedad, Contrato Asociativo o Contrato de Fideicomiso. Ello conforme la disposición nro. 130/2017 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (B.O. de la Prov. de Buenos Aires del 22/12/2017).

Fuentes
Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

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Convenio de comunicaciones entre la D.P.P.J. y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, respecto de las comunicaciones los distintos organismos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.
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Con motivo de la visita que el miércoles 17 de julio a las 10:00 hicieron funcionarios de la Dirección de Personas Jurídicas a la sede del Colegio, varios interesados participaron del encuentro. Fueron recibidos por el Presidente del Colegio y la Directora de la Delegación de Personas Jurídicas local.