17
Mayo
2020

Informes al Registro de Testamentos, mediante oficios electrónicos

A partir del 18/5/2020 solo se podrán ingresar pedidos de informes de testamento mediante oficios judiciales remitidos de forma electrónica exclusivamente, por intermedio del portal de notificaciones de la SCBA. Correo electrónico.

Informes al Registro de Testamentos mediante oficios electrónicos

A partir del día 18 de mayo de 2020 solo se podrán ingresar pedidos de informes de testamento mediante oficios judiciales remitidos de forma electrónica exclusivamente, por intermedio del portal de notificaciones de la SCBA, todo ello en el marco de un proceso judicial en trámite.

La dirección de correo electrónico a la cual deberán diligenciarse dichos requerimientos, y que deberá ser consignada de forma expresa como “destinatario” al momento de presentar los oficios judiciales en el portal de notificaciones de la SCBA, es la siguiente:

 [email protected]

Fuentes
Colegio de Escribanos de la Prov. de Buenos Aires
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Noticias

Fueron publicadas las medidas atinentes al funcionamiento del servicio de transporte automotor, ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional y vuelos de cabotaje (además de los requisitos que deben cumplir las líneas aéreas).Se habilitó el uso de transporte público para los alumnos que asistan a clases presenciales.
Como consecuencia de las gestiones, acciones y reclamos que efectuara el CASI a través de su Comisión de Previsión y Seguridad Social conjuntamente con COLPROBA y FACA se logró el dictado de la normativa que permite el inicio de nuevos trámites virtuales cfr. la resolución 362 en adjunto.
Mediante Resolución SPL Nº 58/20, se prorrogan las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente, con énfasis en la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles. Dec.792/20. Prórroga AFIP.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución SPL Nº 52/20, prorrogar las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente. Resoluciones prorrogadas. Decreto DNU 754/20.
Las personas profesionales ciegas o ambliopes, pueden efectuar presentaciones y notificaciones en soporte papel y desempeñarse del modo en que habitualmente lo hacían, con anterioridad al dictado de normas extraordinarias con motivo de la pandemia de COVID 19. Pueden concurrir a la sede de las dependencias de la Justicia Nacional en lo Civil, sin necesidad de asignación de turno previo. Requisitos.