03
Abr
2020

Inicio de causas a través del SNPE, 6 al 12/4/2020

Desde el 6 al 12 de abril inclusive se podrán iniciar causas Civiles y Comerciales, de Familia, Contencioso administrativas y Laborales a través del Portal del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas, mediante la opción “ Nuevas causas”. Más detalles. Res. 15 - Instructivo

Inicio de causas a través del portal del Sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas.

COVID-19 (CORONAVIRUS)- SCBA- RES. 15/20.

Desde el 6 al 12 de abril inclusive se podrán iniciar causas Civiles y Comerciales, de Familia, Contencioso administrativas  y Laborales a través del Portal del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas, mediante la opción: “Nuevas causas”.

Se iniciarán únicamente ante Juzgado de Paz u Órganos Jurisdiccionales de Primera Instancia que se encuentren de turno y siempre y cuando se trate de causas  de “Urgente despacho o de inminente prescripción de la acción”. 

También se utilizará ésta modalidad  para la interposición de “Queja” ante las Cámaras de Apelación por recurso de apelación denegado o mal concedido.

Qué dice la Resolución de la  SCBA, nº 15/20   -    Instructivo

Los abogados que realicen las respectivas presentaciones completarán en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas los datos requeridos habitualmente por las Receptorías de Expedientes Departamentales, constituyendo la presentación firmada una declaración jurada equivalente al Formulario de inicio de Expedientes. El sistema brindará una constancia que oficiará de respaldo y recepción de los datos consignados, independientemente de la presentación remitida.

Expirado el período de excepcionalidad, los Juzgados y Tribunales que hayan recibido presentaciones de inicio de expedientes a través del Portal de Notificaciones y Presentaciones, remitirán los mismos a la Receptoría de Expedientes Departamental, la que procederá a su sorteo y radicación definitiva.

Fuentes
COLPROBA
SCBA

Noticias

Fueron publicadas las medidas atinentes al funcionamiento del servicio de transporte automotor, ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional y vuelos de cabotaje (además de los requisitos que deben cumplir las líneas aéreas).Se habilitó el uso de transporte público para los alumnos que asistan a clases presenciales.
Como consecuencia de las gestiones, acciones y reclamos que efectuara el CASI a través de su Comisión de Previsión y Seguridad Social conjuntamente con COLPROBA y FACA se logró el dictado de la normativa que permite el inicio de nuevos trámites virtuales cfr. la resolución 362 en adjunto.
Mediante Resolución SPL Nº 58/20, se prorrogan las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente, con énfasis en la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles. Dec.792/20. Prórroga AFIP.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución SPL Nº 52/20, prorrogar las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente. Resoluciones prorrogadas. Decreto DNU 754/20.
Las personas profesionales ciegas o ambliopes, pueden efectuar presentaciones y notificaciones en soporte papel y desempeñarse del modo en que habitualmente lo hacían, con anterioridad al dictado de normas extraordinarias con motivo de la pandemia de COVID 19. Pueden concurrir a la sede de las dependencias de la Justicia Nacional en lo Civil, sin necesidad de asignación de turno previo. Requisitos.