21
Mar
2020

SCBA 13-20. Nuevas medidas en el ámbito del Poder Judicial bonaerense

Por resolución 13/20 fueron adoptadas nuevas medidas en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, ante el agravamiento de la situación epidemiológica y las medidas de restricción decretadas tanto en el ámbito nacional como provincial. Juzgados y Tribunales de turno.

SCBA 13-20- Nuevas medidas en el ámbito del Poder Judicial bonaerense

La SCBA dispuso la adopción de nuevas medidas en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Dichas previsiones se establecen sin perjuicio de las decisiones adoptadas en la Resolución Nº 386/20 y complementarias, atento el agravamiento de la situación epidemiológica y las medidas de restricción decretadas en el ámbito provincial (Decreto Nº 132/20), y el Poder Ejecutivo Nacional (Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20), por el cual se establece el "aislamiento social, preventivo y obligatorio", desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año.

Las medidas que surgen de la Resolución Nº 13-20 son las siguientes:

Desde el 20 al 31 de marzo inclusive del corriente año los inicios de las causas se realizarán ante el órgano jurisdiccional del fuero que se encuentre de turno.
Los amparos deberán ser interpuestos ante cualquier órgano jurisdiccional que se encuentre en turno. Una vez superada la actual situación se procederá a dar cumplimiento con la normativa pertinente.
Las decisiones urgentes de los Tribunales del Trabajo, Tribunales en lo Criminal, Tribunales de Responsabilidad Penal Juvenil, Cámaras de Apelación de todos los fueros y el Tribunal de Casación Penal, podrán ser adoptadas de manera unipersonal por su Presidente o quien lo reemplace, gozando de plena validez dicho acto.
Se restringe durante ese lapso el horario de atención al público en la Jurisdicción Administración de Justicia de 8:00 a 12:00. Dicha medida no implica modificación del horario habitual de la jornada laboral.
Salvo lo dispuesto en los artículos anteriores mantienen su estricta vigencia las Resoluciones SCBA Nº 271/20 y Nº 386/20, y las Resoluciones de Presidencia SPL Nº 08/20Nº 10/20; SP Nº 149/20 (T.O según Resol. Pres. SP Nº 165/20), SP Nº 166/20; SSJ  133/20, SSJ Nº 134/20 y SSJ Nº135/20. 
Se encomienda a la Secretaría de Personal a que arbitre los mecanismos necesarios para expedir las constancias a los magistrados y funcionarios que se encuentren alcanzados por el deber de prestar servicios -de acuerdo a lo establecido en la Res. Nº 386/20- a fin de acreditar la excepción del artículo 6 inciso 3º del DNU 297/20.

Se dispone que los magistrados y funcionarios mencionados en el párrafo previo solo habilitarán, por sí, mediante resolución a las personas bajo su dependencia que estime necesarias e imprescindibles para la prestación del servicio en el marco de la emergencia.

 

Fuentes
SCBA

Noticias

Exceptúase de la suspensión de los plazos administrativos establecida por Dec. N° 298 del 19/3/20 y sus prórrogas, a los actos procesales previstos en los trámites de actuación ante las COM. MÉDICAS JURISDICC. y la COM. MÉDICA CENTRAL (dispuestos por Res. S.R.T. Nº 179 del 21/1/15 y N° 298 del 23/2/17), que puedan ser cumplidos de forma remota no presencial.
La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín dispuso el 7/8/20 el cierre preventivo de ambos Juzgados Federales en lo Criminal y Correccional con asiento en San Isidro. Fue declarado día inhábil el viernes 7/8/2020. Texto de la Resolución 27/20 CFASM
Fue aprobado el 10/8/2020, el Protocolo Covid 19 para la Dirección General de Notificaciones (Corte Suprema de Justicia de la Nación) el que tendrá vigencia hasta el 31/12/2020, salvo que la situación amerite su prórroga. (Aviso: Cédulas 22.172 por turnos y categorías)
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Las presentaciones ante la Cámara y los Juzgados del Fuero, serán solo por medios remotos y digitales. Se utilizarán exclusivamente los correos institucionales de cada Juzgado o Sala. Dispone audiencias de conciliación por videoconferencia. Hasta el 3 /8 el trabajo presencial en la primera instancia está limitado a dos días por semana.