16
Jun
2020

SCBA. Protocolo General de Actuación Prevención y Seguimiento Covid 19

Mediante Resolución SPL Nº 05/20 las secretarías de Personal y Planificación de la SCBA aprobaron el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del COVID 19 en el ámbito de la Jurisdicción Administración de Justicia.

El Protocolo fija y generaliza las pautas, procedimientos y reglas generales y especiales en materia de seguridad, higiene, organización del espacio y trabajo para todas las personas involucradas en la prestación del servicio de justicia. Ello, a partir de los estándares epidemiológicos y sanitarios impuestos por las autoridades nacionales y provinciales competentes en la materia; como así también de la información suministrada por la Dirección General de Sanidad y sugerencias enviadas por la Asociación Judicial Bonaerense.

 

SCBA. Resolución SPL Nº 05/20

Artículo 1 º: Aprobar el "Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento del COVID 19 en el ámbito de la Jurisdicción Administración de Justicia de la Provincia de Buenos Aires", el que como Anexo 1 forma parte de la presente.

Artículo 2°: Encomendar a la Dirección General de Sanidad el seguimiento de la aplicación del presente protocolo y a las Delegaciones de Arquitectura y Administración de cada Departamento Judicial que adopten los recaudos necesarios para su implementación.

Artículo 3°: Solicitar al Instituto de Estudios Judiciales que evalúe la posibilidad de realizar actividades de capacitación para la aplicación del presente protocolo en coordinación con la Dirección General de Sanidad.

Artículo 4º: Comunicar a la autoridad sanitaria provincial la aprobación del mencionado Protocolo General de Actuación para su oportuna toma de razón, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del DNU Nº 520/20.

Artículo 5°: Regístrese, póngase en conocimiento de la Procuración General, comuníquese vía electrónica lo aquí resuelto, y publíquese en la página Web de la Suprema Corte de Justicia, encomendando a la Dirección de Comunicación y Prensa su difusión en los medios de comunicación masiva.

Fuentes
SCBA

Noticias

La SCBA por Res. SC Nº 919/21 estableció, hasta el 25/6 del corriente inclusive, el esquema del servicio de justicia y sus alcances de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, que se aplicarán conjuntamente con las medidas complementarias dispuestas en el art. 3º de la Res. SC Nº 761/21. En el Colegio se intensifica la atención en línea. Todos los municipios que conforman el Dep. Judicial de San Isidro se encuentran en fase epidemiológica III.
Todos los Municipios que conforman el Departamento Judicial de San Isidro (Pilar, San Fernando, San Isidro, Tigre y Vicente López) se encuentran en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria –Fase 2-, de acuerdo a lo establecido por la Res. provincial n° 1555/21 publicada en el día de la fecha. Detalle de las restricciones.
Por Resolución SPL Nº 16/21, la SCBA dispuso, hasta el 21/5/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz de acuerdo al estado de situación existente a la fecha.
Continuamos prestando el servicio de sustitución de patrocinio de manera no presencial y gratuita. Lo habilitamos al iniciarse la imposición del ASPO y ¡ya cursamos más de mil solicitudes! Adjuntamos las instrucciones y el formulario correspondiente. (Servicio indisponible a partir del 13/9/21)
La SCBA extendió hasta el 30 de abril inclusive, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la justicia de paz de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, con ciertas adecuaciones tendientes a evitar los riesgos de contagio. Res. 12/21.