17
Ene
2013

La lucha para desterrar la violencia contra la mujer ha tenido eco en la legislación nacional

La ley 26791 ha modificado el Código Penal Argentino. En relación al art. 80 han sido incorporados dos incisos, sustituídos el 1*, 4* y párrafo in fine del mismo. La ley sancionada el 14 de noviembre del año pasado, fue promulgada el 14 de diciembre de 2012. A continuación se publica el texto completo.

Ley 26791. Código Penal.  Modificaciones

Sancionada: Noviembre 14 de 2012
Promulgada: Diciembre 11 de 2012
Publicación en el B.O.: 14/12/2012

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°
Sustitúyense los incisos 1º y 4° del artículo 80 del Código Penal que quedarán redactados de la siguiente forma:

Artículo 80: Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare:

1°. A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.
4°. Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.

Artículo  2°
Incorpóranse como incisos 11 y 12 del artículo 80 del Código Penal los siguientes textos:
11. A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género.
12. Con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1°.

Artículo 3°
Sustitúyese el artículo 80 in fine del Código Penal, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Cuando en el caso del inciso 1° de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho (8) a veinticinco (25) años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima.

Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Dada en la Sala de sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, el día catorce de noviembre del año dos mil doce.— Registrado bajo el nº 26.791 —Beatriz Rojkes de Alperovich. — Julián A. Domínguez. — Gervasio Bozzano.— Juan H. Estrada.

Noticias

Invitamos a las y los colegas a acompañarnos el próximo 8 de marzo a las 17:00 en la sede de la calle Martín y Omar 339 para conmemorar el Día Internacional de la Mujer.
Denunciamos que los gestos obscenos también forman parte de la cultura de la violación. Seguiremos batallando para que el feminismo, como motor de cambio continúe en movimiento, hasta lograr la igualdad y erradicar las violencias contra las Mujeres.
Las mujeres merecen tener una vida libre de violencias. Por esa razón exigimos que se implementen políticas públicas que den estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley 26485 y el cumplimiento de los Tratados Internacionales que imponen el deber de implementar políticas públicas para eliminar toda manifestación de discriminación y violencia contra la mujer.
Invitamos a participar de la Capacitación en género y violencia contra las mujeres. Ley 27499, organizada por el Instituto de Derecho de las Mujeres del CASI y la Defensoría de la Provincia de Buenos Aires.
El dictado comenzará el mièrcoles 26 de octubre. Es una actividad no arancelada destinada a matriculados/das activos CASI, pero que requiere inscripción previa para participar. Más detalles.
El 3 de Junio de 2015, fue el punto de partida que consagró el movimiento masivo de mujeres, como un antes y un después en la lucha contra las violencias. Ahora en el 2022, una vez más (¿hasta cuándo?) desde el Instituto de los Derechos de las Mujeres del Colegio de Abogados y Abogadas de San Isidro decimos: ¡Basta de femicidios! ¡Basta de cualquier forma de violencia contra las mujeres!