11
Sep
2014

Registro de Abogados y Gestores Administrativos dispuesto por ANSES

Por resolución 479/14 -publicada en el BO el 10/9/2014- creóse el nuevo Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para ejercer la representación de los titulares de derechos o sus causahabientes ante la ANSES para tramitar prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Requisitos. Texto completo.

Se trata de la disposición 479/14 que fuera dictada el 5 de septiembre del corriente. Fue publicada en el Boletín Oficial el 10/9/14. 

Adelanto

Los abogados y/o gestores administrativos que se encuentren inscriptos ante la ANSES deberán cumplimentar, con carácter obligatorio y dentro de los ciento veinte (120) días hábiles administrativos de publicada la presente -10/9/2014-, las obligaciones y los requisitos establecidos en la misma.

Requisitos exigidos

El abogado, para inscribirse en el Registro, deberá presentar la documentación que a continuación se detalla:
a) DNI (original y copia), cuyos datos deberán estar acreditados en ADP.
b) Formulario de alta/modificación de datos.
c) Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES.
d) Credencial vigente que lo habilite para el ejercicio profesional en la jurisdicción respectiva. En caso que el abogado actúe en DOS (2) o más jurisdicciones deberá presentar las credenciales correspondientes a cada una de las jurisdicciones en las cuales se encuentre habilitado para el ejercicio profesional (original y copia). La credencial de orden federal será válida para cualquier jurisdicción.
e) Certificado de matrícula vigente emitida por el/los Colegios de Abogados o Cámara Federal donde se encuentre inscripto, con fecha de emisión no anterior a TREINTA (30) días de la presentación ante esta Administración.
f) Declaración jurada en la que manifieste no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3° de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6° de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión.
g) Constancia que refleje su situación tributaria vigente ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y los Organismos provinciales de recaudación que correspondieren.
 

Fuentes
INFOJUS

Noticias

*Registro de la Propiedad Inmueble PBA:
Por DTR 1/2025 modificaron el art. 50 de la DTR N° 1/2019 referente al procedimiento administrativo para reclamo por rechazo incorrecto. y por la DTR 12/2025 la publicidad "Urgente" se expide al momento que haya sido procesada.
Fue incorporado el formulario web habilitado en la página institucional de ese Organismo.
El Tribunal Superior de Justicia de Buenos Aires suspendió los plazos para interponer recursos bajo la Ley 402 desde el 3 al 14 de febrero de 2025, reanudándose el 17 de febrero,-
Afecta a los fueros nacionales de la CABA.
Se hace saber que la Disp. Administrativa N°16/2025 estableció la no obligatoriedad de la solicitud de turnos web para la atención de consultas en el Sector Consultoría y Orientación Registral, habilitando a tales efectos en la Sede Central del Registro de la Propiedad, la expedición de turnos presenciales para la prestación del servicio en el día. Asimismo, se dispuso que se mantendrá la expedición de turnos web para la prestación de dicho servicio.-
Con motivo de no haberse sancionado una nueva Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2025, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dispuso, de conformidad con lo que ordena la Constitución Provincial, tener por prorrogadas las disposiciones de la Ley N°15479 – Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024.
A continuación podrá consultar la nómina de las autoridades judiciales designadas para prestar el servicio de administración de justicia como así también los horarios de atención al público en el Colegio, durante la feria judicial de enero 2025.
Actualización. La SCBA dispuso, mediante Resolución SC Nº 3963/24 asueto judicial en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, los días 24 y 31 de diciembre del corriente año.