11
Sep
2014

Registro de Abogados y Gestores Administrativos dispuesto por ANSES

Por resolución 479/14 -publicada en el BO el 10/9/2014- creóse el nuevo Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para ejercer la representación de los titulares de derechos o sus causahabientes ante la ANSES para tramitar prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Requisitos. Texto completo.

Se trata de la disposición 479/14 que fuera dictada el 5 de septiembre del corriente. Fue publicada en el Boletín Oficial el 10/9/14. 

Adelanto

Los abogados y/o gestores administrativos que se encuentren inscriptos ante la ANSES deberán cumplimentar, con carácter obligatorio y dentro de los ciento veinte (120) días hábiles administrativos de publicada la presente -10/9/2014-, las obligaciones y los requisitos establecidos en la misma.

Requisitos exigidos

El abogado, para inscribirse en el Registro, deberá presentar la documentación que a continuación se detalla:
a) DNI (original y copia), cuyos datos deberán estar acreditados en ADP.
b) Formulario de alta/modificación de datos.
c) Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES.
d) Credencial vigente que lo habilite para el ejercicio profesional en la jurisdicción respectiva. En caso que el abogado actúe en DOS (2) o más jurisdicciones deberá presentar las credenciales correspondientes a cada una de las jurisdicciones en las cuales se encuentre habilitado para el ejercicio profesional (original y copia). La credencial de orden federal será válida para cualquier jurisdicción.
e) Certificado de matrícula vigente emitida por el/los Colegios de Abogados o Cámara Federal donde se encuentre inscripto, con fecha de emisión no anterior a TREINTA (30) días de la presentación ante esta Administración.
f) Declaración jurada en la que manifieste no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3° de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6° de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión.
g) Constancia que refleje su situación tributaria vigente ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y los Organismos provinciales de recaudación que correspondieren.
 

Fuentes
INFOJUS

Noticias

Informamos a las/los usuarios/as del Sistema Informático de Gestión Judicial Lex 100 que se crearon 18 casillas de DEOX pertenecientes a AFIP/DGI y AFIP DGA para la *Recepción de traslado de la demanda (Acordada 3/2015 Parte Dispositiva 9 CSJN)*.
Hacemos saber que desde la Oficina de Notificaciones perteneciente a la Dirección de Diligenciamientos del Consejo de la Magistratura de CABA reciben Cédulas Convenio Ley 22.172 que tengan código QR o firma digital para ser diligenciadas en la jurisdicción de CABA a través del *Formulario de alta de cédulas ley 22.172*.
Hacemos saber que la Caja de Previsión Social de la Abogacía de la Provincia de Buenos Aires, ha dejado sin efecto la resolución interpretativa del art. 14 de la ley 6716 dictada el 11 y 13/6/2019.
La nueva resolución de Directorio fue dictada el 11 y 12 de julio del corriente.
Cuáles son sus alcances.
Novedades del portal web Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la SCBA.
A partir del 1/8/24 incorporarán -de manera obligatoria- en su nueva versión una interfaz más ágil y moderna al momento de visualizar las novedades, listar o generar una presentación, inicio de causa, recurso de queja o apremio, buscar una notificación o consultar “mis causas”.
Pasos a seguir para acceder a estas funciones.
A continuación podrá consultar la nómina de las autoridades judiciales designadas para prestar el servicio de administración de justicia como así también los horarios de atención al público en el Colegio, durante la feria judicial de julio 2024.