Reseña de Fallos (II). Jurisprudencia aplicada
Reseña
La ley argentina permite la celebración de contratos a distancia mediante soportes electrónicos u otra tecnología similar, aun en contrataciones con consumidores (arts. 1105, 1106, 1107, sgtes y ccdtes del CCyCN).
Y, nada impide que un contrato de mutuo, como consensual que es (cf. art. 1525 del CCyCN), sea celebrado entre mutuante y mutuario a distancia por canales electrónicos.
Reseña de Fallos (I). Jurisprudencia aplicada
Reseña
Deberá determinarse si la documentación que se habría suscripto de manera electrónica puede considerarse un instrumento privado respecto del cual se encuentre habilitada la preparación de la vía ejecutiva.
Observatorio del Niño 2023. Reunión extraordinaria 22/9
Derecho procesal penal. Curso virtual
• Introducción al Derecho Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires.
• Estructura y organización del Poder Judicial. El rol de las partes en el proceso.
• Medidas de coerción.
• Participación activa del imputado en la etapa de investigación.
• Procedimientos Especiales. Juicio por Jurados.
• Medios de prueba. Control de la imputación. La etapa plenaria.
Tecnología aplicada a los procesos de determinación de la capacidad jurídica de las personas
El articulo sintetiza la necesidad de incorporar la tecnología en el proceso de determinación de la capacidad jurídica de las personas. Permitiendo la celebración de las audiencias previstas en la normativa legal en modo parcial o totalmente telemático cuando las características de la persona con discapacidad y su entorno así lo requieran.
Programa de integridad y estrategias de compliance para empresas tecnológicas. Contexto y desafíos
Las empresas de base tecnológica (EBT) son emprendimientos que utilizan de manera intensiva desarrollos y tecnologías para la producción de bienes y servicios innovadores. Por lo general, utilizan los institutos del derecho de propiedad intelectual para proteger sus invenciones y comercializan productos con alto valor agregado.
Contratos autoejecutables. “Smart Contracts”
El que sigue no es un estudio sobre los denominados “Smart contracts”, es apenas una descripción de lo que se propone, desde el lugar de la “legal tech” como factible; -que efectivamente se usa, en ciertas aplicaciones y ámbitos de la economía-e intentar divulgar su uso y otorgar premisas para su incorporación y amalgama con las normas del derecho común.